REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO CAJIGAL DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Yaguaraparo, 01 de junio de 2023.
213º y 164º

Sol. Nº 011-2023.
PARTE SOLICITANTE: LUIS ANGEL FLORESDIAZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.099.233
ABOGADO ASISTENTE: JESUS MARIA VELASQUEZ GONZALEZ, INPREABOGADO NRO. 236.839.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS
MATERIA: Civil.
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza Definitiva.

Vista la anterior solicitud de Titulo Supletorio, suscrita por el ciudadano LUIS ANGEL FLORES DIAZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, soltero, Titular de la Cédula de Identidad N° V-18.099.233, domiciliado en, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, asistida por el Abogado en ejercicio JESUS MARIA VELASQUEZ GONZALEZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el número 236.839 y las declaraciones de los testigos, ciudadanos YULITZA MILAGROS ZORRILLA CODALLO y DAVID ALEXANDER GUEVARA GONZALEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, domiciliadas en esta ciudad de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, Titulares de las Cédulas de Identidad números V- 17.317.134 y V-28.718.826, respectivamente, en la cual el ciudadano LUIS ANGEL FLORES DIAZ , arriba suficientemente identificado, solicita a este despacho Judicial, se sirva declarar dichas actuaciones bastante y suficiente para asegurarle su derecho de propiedad sobre unas bienhechurías (casa), ubicada en la Troncal 009 Sector Campo Obrero de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, enclavada en un lote de terreno de perteneciente INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), el cual tiene una superficie de CIENTO TRECE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROS (113,84 m2), con un área de construcción de CIENTO TRECE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROS (113,84 m2), enmarcada bajo los linderos siguientes, NORTE: Su frente con Troncal 009 (8,04 m); SUR: su fondo con inmueble que es o fue de Luis Flores (8,04,m) ESTE, Con inmueble que es o fue de Luis Flores (14,16,m); y OESTE, Con inmueble que es o fue de Luis Flores (14,16m); una bienhechuría constituida por una (1) casa con techo de platabanda, paredes de bloque de cemento frisado, piso de cemento, puerta y ventanas de metal; con las siguientes dependencias: tres (03) cuartos, sala, comedor, cocina, dos (02) baños, porche y pasillo. Ahora bien por cuanto las mencionadas testigos, ciudadanos YULITZA MILAGROS ZORRILLA CODALLO y DAVID ALEXANDER GUEVARA GONZALEZ, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud, en consecuencia, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNCIPIO CAJIGAL, SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, DECLARA BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE al ciudadano LUIS ANGEL FLORES DIAZ titular de la cédula de identidad Nro. V-18.099.233, ya antes identificado, sus derechos de Propiedad, que tiene sobre las bienhechurías antes descritas, se devuelven estas diligencias, original con sus resultas a la parte que las produjo.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del tribunaL.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cajigal Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, a los primero (01) días del mes de junio del 2023. Años. 213° de la Independencia y 164° de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JEAN FRANCO CAMPIONE
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. ANY MUÑOZ
En la misma fecha se publicó y registró la presente decisión, siendo las Once horas y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45a.m).
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. ANY MUÑOZ
JFC/am
Sol.011-2023