REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO CAJIGAL DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Yaguaraparo, 11 de Julio de 2023.
213º y 164º

Sol. Nº 020-2023.
PARTE SOLICITANTE: YANDRELIS DEL VALLE TINEO SIMOZA, titular de la cedula de identidad Nro. V-27.079.451.
ABOGADO ASISTENTE: JESUS MARIA VELASQUEZ GONZALEZ INPREABOGADO NRO. 236.839.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS
MATERIA: Civil.
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza Definitiva.

Vista la anterior solicitud de Titulo Supletorio, suscrita por la ciudadana, YANDRELIS DEL VALLE TINEO SIMOZA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, soltera, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-27.079.451, domiciliada en el Callejón Sucre de Yaguaraparo, Parroquia Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, asistida por el Abogado en ejercicio JESUS MARIA VELASQUEZ GONZALEZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el número 236.839 y las declaraciones de los testigos, ciudadanos YACKELIN DEL CARMEN AGUILERA SIMOZA y JOSUE FELICIANO MARTINEZ RAMOS, quienes son venezolanos, mayores de edad, domiciliados en calle Sucre, Municipio Cajigal del Estado Sucre, Titulares de las Cédulas de Identidad números V-19.700.763 y V-13.631.266, respectivamente, donde la ciudadana YANDRELIS DEL VALLE TINEO SIMOZA, arriba suficientemente identificada, solicita a este despacho Judicial, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su derecho de propiedad sobre unas bienhechurías, ubicadas en el Callejon Sucre de Yaguaraparo, Parroquia Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, enclavada en un lote de terreno de perteneciente al INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), el cual dicho lote cuenta con un área total de SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTIMETROS (74,90 m2) y un área de construcción de construcción de CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO CENTIMETROS (58,18 m2) enmarcada bajo los linderos siguientes, NORTE: con inmueble de Fran Amarista (10,55 m); SUR: con rio Cumana (10,40 m); ESTE: su fondo con inmueble que es o fue de Aurelio Amarista (6,57 m); y OESTE: su frente con Callejon Sucre (7,58 m); una bienhechuría constituida por una casa, con paredes de bloque frisado, piso de cemento, techo de zinc, distribuida en dos (02) habitaciones, una (01) sala, una (01) cocina, comedor, un (01) baño, puertas y ventanas de hierro. Ahora bien por cuanto las mencionadas testigos, ciudadanos YACKELIN DEL CARMEN AGUILERA SIMOZA y JOSUE FELICIANO MARTINEZ RAMOS, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud, en consecuencia, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNCIPIO CAJIGAL, SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, DECLARA BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE al ciudadana YANDRELIS DEL VALLE TINEO SIMOZA, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-27.079.451, ya antes identificada, sus derechos de Propiedad, que tiene sobre las bienhechurías antes descritas, se devuelven estas diligencias, original con sus resultas a la parte que las produjo.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del tribunal

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cajigal Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, a los once (11) días del mes de julio del 2023. Años. 213° de la Independencia y 164° de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JEAN FRANCO CAMPIONE
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. ANY MUÑOZ
En la misma fecha se publicó y registró la presente decisión, siendo las Once horas y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45a.m).


LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. ANY MUÑOZ
JFC/am
Sol.020-2023