LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 22 de Febrero de 2.023.-
212° y 162º
Exp. N° 17.815
DEMANDANTE: GUALBERTO SANTIAGO RIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.746.
DOMICILIO PROCESAL: Edificio Saladino, primer piso, Oficina 06, Calle Acosta, cruce con Independencia, Carúpano Estado Sucre.
APODERADO: No Otorgó Poder
DEMANDADO: TATIANA MANDUCA MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 16.396.033.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó
APODERADO: No Otorgó Poder
MOTIVO: INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Vista la diligencia suscrita por el abogado en ejercicio GUALBERTO RIOS VALLEJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6.746, en su carácter de parte demandante en el presente juicio, en la cual desiste del presente juicio, este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. Publíquese la presente decisión en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.-
La Juez,
La Secretaria,
Susana García de Malavé.
Francis Vargas Campos.
Exo. 17.815.-
SGDM/Fvc/am.
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