REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CUMANÁ, 10 DE ENERO DE 2023
212º Y 163º
Vista la diligencia suscrita en fecha 09/01/2023 por el abogado en ejercicio SANDY ROJAS FARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.614, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, según se evidencia del poder apud acta de fecha 7 de Junio de 2021, en el cual representa al ciudadano JAVIER ALEJANDRO SEVILLA GIL, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-18.917.862, domiciliado en la Población de Casanay, calle Venezuela cruce con calle Carvajal, Parroquia Mariño del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; mediante la cual desiste de la apelación por él interpuesta en fecha 27/07/2022 en contra de la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre en fecha 19/07/2022 y por cuanto este Desistimiento no resulta violatorio del orden público ni de las buenas costumbres y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como si se tratara de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ordena remitir el expediente al Tribunal de la causa para su archivo respectivo. Así se decide. Líbrese oficio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los Diez (10) días del mes de Enero de dos mil veintitrés (2023). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
EL JUEZ SUPERIOR
ABG. FRANK A. OCANTO MUÑOZ
EL SECRETARIO
ABG. GUSTAVO A. TINEO L.
NOTA: En esta misma fecha, previo cumplimiento de los requisitos de Ley, siendo la 2:00 p.m., se publicó la presente decisión. Conste.
EL SECRETARIO
ABG. GUSTAVO A. TINEO L.
EXPEDIENTE Nº 22-6794
MOTIVO: DESALOJO (LOCAL COMERCIAL)
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
(DESISTIMIENTO – SE IMPARTIO HOMOLOGACIÒN)
FAOM/GATL/tcc.-