REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumaná, dos (02) de Agosto de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º
SENTENCIA
ASUNTO: RP31-L-2023-000076
PARTE ACTORA: TIRSO MANUEL YNOJOSA MOREY
PARTE DEMANDADA: SUPERMERCADO GRAN ÉXITO, C.A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS.
Vista la diligencia presentada por el ciudadano TIRSO MANUEL YNOJOSA MOREY, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-17.956.226, asistido por el abogado en ejercicio SANDY ROJAS FARIAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 48.614, manifestando que DESISTE del procedimiento intentado contra la demandada SUPERMERCADO GRAN ÉXITO, C.A, este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de conformidad con lo establecido en el articulo 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Homologa el presente desistimiento y declara por terminado el presente procedimiento intentado contra SUPERMERCADO GRAN ÉXITO, C.A. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Se le advierte a la parte demandante que de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión.
La Jueza,
Abg. Adriana Gutiérrez El secretario(a)
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