LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LACIRCUNSCRICPIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 03 de Abril del 2.023.
212° y 163°
Exp. N° 17.736
DEMANDANTE: ANGEL JOSE TINEO BERTONCINI,
Titular de la Cédula de Identidad N° 6.954.728.

APODERADO: No otorgo.

DOMICILIO PROCESAL: Edificio San Miglui, Piso 1, Apto 2, ubicado entre la Avenida Independencia cruce con Calle Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

DEMANDADOS: ATILIO SABINO TINEO BERTONCINI y YIDRYS COROMOTO BATISTA GONZALEZ, titulares de las Cédulas de Identidad N° 4.296.287 y 15.788.531, respectivamente.

APODERADO: No Otorgaron Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyeron.

MOTIVO: INTERDICTO DE DESPOJO.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 08 de Marzo del 2.023, este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria donde se declaró La Perención de la Instancia, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide. Publíquese la presente decisión en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.-
La Juez,
La Secretaria,

Susana García de Malavé
Francis Vargas Campos.
Exp. Nro. 17.736/ SGDM/Fvc/am.-