REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO
PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Casanay, 07 de Octubre de 2022
212° y 163°
SOLICITANTE: JESUS SALVADOR GONZALEZ
ABOGADO: SANDY ROJAS FARIAS
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITUD N° 22-24.
SETENCIA INTERLOCUTORIA N° 24-2022
Vista la anterior Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suscrita por el ciudadano: JESUS SALVADOR GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 9.055.183, domiciliado en: Calle Venezuela, Casa s/n, Casanay, Parroquia Mariño, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, asistido en este acto por el ciudadano, abogado en ejercicio SANDY ROJAS FARIAS, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el número 48.614 y las declaraciones de los testigos, ciudadanos, AURYS CAROLINA SALAMANCA y ROBERTO ALEJANDRO FIGUEROA DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 17.022.408 y V- 17.711.431, respectivamente, domiciliados la primera en: en la Urb. Paraíso, Calle Principal, Casa s/n, Casanay, Estado Sucre, y el segundo en: Urbanización Paraiso, calle Nº 4, Casa Nº. 19, Casanay, Estado Sucre, en la cual el ciudadano JESUS SALVADOR GONZALEZ, suficientemente identificado solicita a este Despacho Judicial, se sirva declarar a los ciudadanos JESUS SALVADOR GONZALEZ, KARLENE EUGENIA GONZALEZ ORDOSGOITTE, JESUS MIGUEL GONZALEZ ORDOSGOITTE y CARMEN MARIA GONZALEZ ORDOSGOITTE, quienes fueron sus hijos, y a su esposo como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana LUISA ELENA ORDOSGOITTE ORDOSGOITTE, quien en vida fue, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- - 5.696.166 y quien falleciera INFARTO AGUDO DEL MIOCARDIO, el día Dieciocho (18) de Junio del año dos mil veintidós (2022). Ahora bien, y por cuanto los mencionados testigos, AURYS CAROLINA SALAMANCA y ROBERTO ALEJANDRO FIGUEROA DIAZ, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes sobre los particulares a que se contrae la presente solicitud, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 del 02-04-2009, mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos: JESUS SALVADOR GONZALEZ, KARLENE EUGENIA GONZALEZ ORDOSGOITTE, JESUS MIGUEL GONZALEZ ORDOSGOITTE y CARMEN MARIA GONZALEZ ORDOSGOITTE, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº. 9.055.183, 15.243.275, 17.021.914, 20.248.579,, respectivamente, sus derechos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA FALLECIDA LUISA ELENA ORDOSGOITTE ORDOSGOITTE, en vida Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V- 5.696.166 y quien falleciera INFARTO AGUDO DEL MIOCARDIO en la población de Casanay, Parroquia Mariño, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, el día Dieciocho (18) de Junio del año dos mil veintidós (2022).- Se ordena dejar copia certificada de la presente solicitud y de sus resultas, a los fines de su archivo en este JUZGADO, para tal efecto, se autoriza al ciudadano Ruber Alexandre Visáez, titular de la cédula de identidad número V- 14.173.394, en su carácter de Alguacil de este Órgano Jurisdiccional, y de igual forma se autoriza a la ciudadana Marlenys Lira Valor, titular de la cédula de identidad número V- 13.753.267, en su carácter de Asistente del mismo para la elaboración de dichas copias.- Déjese copia certificada. CÚMPLASE.
LA JUEZA,
Abg. MARISOL MUJICA.
LA SECRETARIA,
Abg. CARMEN GONZALEZ.
NOTA: En esta misma fecha (07-10-2022), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.
LA SECRETARIA,
Abg. CARMEN GONZALEZ.
SOL. N° 22-24
MM/CG/mlv.
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