LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO
Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 25 de Octubre de 2022
212° y 162°
Exp. N° 17.796
DEMANDANTE: ABDON ALEJANDRO SANCHEZ ROJAS, Titular de la
Cédula de Identidad N° 17.632.585.
APODERADO: No Otorgó Poder.
DEMANDADOS: JOEL JOSE MORENO FERNANDEZ, titular de la Cédula
de Identidad N° 20.064.432 y la Empresa “TRANSPORTE y
SEVICIOS CARABOBO, C.A. Inscrita por ante el Registro
Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del
Estado Carabobo, en fecha 22 de Agosto de 2012, bajo el
N° 31, Tomo 167-A Rif. J-401324029.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó.
APODERADOS: TITO ARNALDO GELVEZ CALCURIAN y ALEXIS
EDUARDO GUTIERREZ BRICEÑO, Inscritos en el
Inpreabogado bajo los Nros. 88.894 y 147.896,
respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE DAÑOS EMERGENTES DERIVADOS DE
ACCIDENTE DE TRANSITO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (Con Fuerza de Definitiva).
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 14 de Octubre de 2022, este Tribunal dicto Sentencia Definitiva donde declaro Primero: Sin lugar la Perención de la Instancia y Segundo: Con lugar la Prescripción de la Acción en el juicio de COBRO DE DAÑOS EMERGENTES DERIVADO DE ACCIDENTE DE TRANSITO, intentada por el ciudadano ABDON ALEJANDRO SANCHEZ contra el ciudadano JOEL JOSE MORENO FERNANDEZ y La EMPRESA TRANSPORTE Y SERVICIOS CARABOBO, C. A., y en vista que las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide. Cúmplase lo ordenado y Publíquese, la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
La Juez,
Susana García de Malavé.
La Secretaria.
Francis Vargas Campos.
SGDM-am.
Exp. N° 17.796
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