REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 16 de Noviembre de 2022.
Años: 212º y 163º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD que antecede proveniente del Juzgado Distribuidor Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, presentada por los ciudadanos MARIA TRINIDAD DANTAS MARTINEZ y JESUS MIGUEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, domiciliados en Calle Urica N° 32, de la ciudad de Carúpano y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-19.315.319 y V-19.707.042 respectivamente, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio HECTOR LUIS LEON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, casado, Abogado en ejercicio, Inscrito en el IPSA con el N° 191.824, sobre la construcción de un inmueble, fomentado sobre una parcela de terreno presuntamente propiedad Municipal, la cual tiene las siguientes características especificaciones y linderos: NORTE: Con Rio Candoroso, con una medida de 9,40 metros; SUR: Su frente, con Calle Urica, con una medida de 8,95 metros, ESTE: Con casa que es o fue de Aquiles Rodríguez, con una medida de 61,26 metros y OESTE: Con casa que es o fue de Nelsi Cabrera, con una medida de 31,26 metros, con un área de terreno de Quinientos Sesenta y Dos Metros Cuadrados Con Seis Centímetros Cuadrados (562,06m2), la Vivienda construida sobre este terreno, consta de las siguientes características: paredes de bloques de concreto, vigas de riostre, bases de concreto, friso liso, piso de cemento, techo de tejas y zinc, tres (3) habitaciones, una (1) sala, una (1) cocina, un (1) comedor, dos (2) baños, un (1) patio, una (1) puerta de madera y una (1) ventana de madera con protector de hierro, consta igualmente de las instalaciones de servicios públicos, tuberías para aguas blancas y negras e instalaciones eléctricas externa y demás anexidades correspondientes; en esta construcción ha empleado materiales de primera, tubería, cajetines, arena lavada, cemento, gravilla, mezclilla, cal, vigas de corona, bloque, alambre, cabillas, inodoro, llaves de agua, con un área de construcción de Ciento Veintinueve Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros Cuadrados (129,50m2). En esta construcción, hemos hecho una inversión aproximada de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00). Y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos LUIS JOSE MAIZ LAREZ y NELSY DEL VALLE CABRERA RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-5.876.340 y V-4.949.190, respectivamente, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestran el derecho o pretensión de los solicitantes. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de la ciudadana por los ciudadanos MARIA TRINIDAD DANTAS MARTINEZ y JESUS MIGUEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, domiciliados en Calle Urica N° 32, de la ciudad de Carúpano y Titulares de las Cedula de Identidad Nros. V-19.315.319 y V-19.707.042, respectivamente, sobre las bienhechurías en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En Carúpano a los diecisiete (17) días del mes de Noviembre de Dos Mil Veintidós (17-11-2022). Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.
Publíquese, Regístrese, el texto íntegro en la página web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
LA JUEZA,
ABG. NORAIMA MARIN G.
EL SECRETARIO.
Abg. EDWIN CUBILLAN.
NOTA: En esta misma fecha 17-11-2022, se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Tribunal. CONSTE
EL SECRETARIO.
Abg. EDWIN CUBILLAN.
Solicitud N.º 0647-2022.-
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