REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO
PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Casanay, 30 de Noviembre de 2022.-
212° y 163°
SOLICITANTE: MIRIAM RAFAELA ROJAS MARTINEZ y ELIZABETH DEL VALLE ROJAS MARTINEZ
ABOGADO: RAIZA ELENA COVA BRITO
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITUD N° 22-35.
Vista la anterior Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suscrita por las ciudadanas: MIRIAM RAFAELA ROJAS MARTINEZ y ELIZABETH DEL VALLE ROJAS MARTINEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-6.954.321 y V-15.318.719, respectivamente, domiciliadas en la ciudad de Cariaco, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre, asistidas en este acto por la ciudadana RAIZA ELENA COVA BRITO, abogada en ejercicio e inscrita el Inpreabogado bajo el número 296.056.- Y vistas las declaraciones de los testigos, ciudadanos, LUIS BELTRAN GUZMAN y SONNY JOSE LEON LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 9.452.207 y V- 9.458.162, respectivamente, domiciliados ambos en: Calle Oriente, casa s/n, de la población de Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre, en la cual las ciudadanas: MIRIAM RAFAELA ROJAS MARTINEZ y ELIZABETH DEL VALLE ROJAS MARTINEZ, suficientemente identificada solicitan a este Despacho Judicial, se sirva declararlas y a los ciudadanos FRANCISCO ANTONIO ROJAS MARTINEZ, BERTA ELENA ROJAS MARTINEZ, EUCLIDES RAMON ROJAS MARTINEZ, LUIS MANUEL ROJAS MARTINEZ, ANGEL BAUTISTA ROJAS MARTINEZ, CARMEN RUFINA ROJAS DE GUERRA, CARLINA MARGARITA ROJAS MARTINEZ, CAMILO JOSE ROJAS MARTINEZ, NOHELIS COROMOTO ROJAS DE RANGEL, GENARO JOSE ROJAS MARTINEZ, DEISY HILARIA ROJAS MARTINEZ, ANGELICA MARIA ROJAS MARTINEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.954.321, 15.318.719, 13.075.505, 13.075.504, 5.884.869, 5.451.467, 6.957.909, 5.754.606, 6.954.337, 11.826.067, 11.440.809, 13.294.974, 5.754.586, 13.075.503, respectivamente, y de este domicilio, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De cujus ciudadano LUIS BELTRAN ROJAS CARRASCO, quien en vida fue, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 2.299.990 y quien falleciera de Metastasis Cancer Prostatico el día Doce (12) de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017) en el Hospital “Dr. Diego Carbonell, en el Municipio Ribero del Estado Sucre. Según consta de Acta emana de los libros del Registro Civil de Defunción del Registro Civil del Municipio Ribero, Cariaco del Estado Sucre, número 44.- Ahora bien, y por cuanto los mencionados testigos, LUIS BELTRAN GUZMAN y SONNY JOSE LEON LOPEZ, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes sobre los particulares a que se contrae la presente solicitud, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 del 02-04-2009, mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MIRIAM RAFAELA ROJAS MARTINEZ, ELIZABETH DEL VALLE ROJAS MARTINEZ, FRANCISCO ANTONIO ROJAS MARTINEZ, BERTA ELENA ROJAS MARTINEZ, EUCLIDES RAMON ROJAS MARTINEZ, LUIS MANUEL ROJAS MARTINEZ, ANGEL BAUTISTA ROJAS MARTINEZ, CARMEN RUFINA ROJAS DE GUERRA, CARLINA MARGARITA ROJAS MARTINEZ, CAMILO JOSE ROJAS MARTINEZ, NOHELIS COROMOTO ROJAS DE RANGEL, GENARO JOSE ROJAS MARTINEZ, DEISY HILARIA ROJAS MARTINEZ, ANGELICA MARIA ROJAS MARTINEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 6.954.321, 15.318.719, 13.075.505, 13.075.504, 5.884.869, 5.451.467, 6.957.909, 5.754.606, 6.954.337, 11.826.067, 11.440.809, 13.294.974, 5.754.586, 13.075.503, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De cujus LUIS BELTRAN ROJAS CARRASCO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° .V- 2.299.990 - Se ordena dejar copia certificada de la presente solicitud y de sus resultas, a los fines de su archivo en este Juzgado.- Déjese copia certificada. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZA,
Abg. MARISOL MUJICA.
LA SECRETARIA,
Abg. CARMEN GONZALEZ.
NOTA: En esta misma fecha (30-11-2022), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.
LA SECRETARIA,
Abg. CARMEN GONZALEZ.
SOL. N° 22-35.-
MM/CG/.-