JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 05 de Abril de 2022.
211° y 162°
Exp. N° 17.822.-
DEMANDANTE: ZULENNYS RODRIGUEZ PINO, titular de la Cédula de Identidad Nro: 13.074.042
APODERADO: No Otorgo
DOMICILIO PROCESAL: Calle principal de Guayaberos, Municipio Arismendi
DEMANDADO: ELVIA CAROLINA PINO LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro: 12.289.178
APODERADOS: No otorgo
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyo
MOTIVO: INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES EXTRAJUDICIALES
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

En fecha 01 de Abril del 2.0222, compareció la abogada ZULENNYS RODRIGUEZ PINO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.443.027, teléfono 0412-1825311, Correo: zulennyspino77@gmail.com, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 107.237, con domicilio procesal en La Calle Principal de Guayaberos, actuando bajo su propia asistencia y representación y presentó formalmente demanda de Intimación de Honorarios Profesionales en contra de la ciudadana ELVIA CAROLINA PINO LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, divorciada, de oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nro: 12.289.178, y visto igualmente su contenido, éste Tribunal observa que el libelo presentado no cumple los requisitos establecido en el Artículo 340 del Código de Procedimiento Civil; ni con la Resolución N° 05-2020 de fecha 05 de Octubre del 2020 emanada de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en lo que respecta al correo electrónico de la parte demandada en virtud de lo cual y siendo dichos requisitos de impretermitible cumplimiento, este Tribunal debe necesariamente abstenerse de Admitir la demanda, hasta tanto sean cumplidos los requisitos antes mencionados, Por todas las razones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se Abstiene de Admitir la demanda que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES EXTRA JUDICIALES intentara el abogado ZULENNYS RODRIGUEZ PINO en contra de la ciudadana ELVIA CAROLINA PINO LOPEZ. Así se decide. Publíquese la presente decisión en el sitio Web del Tribual Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve así como en la página www.sucre.scc.org.ve.

La Juez,

Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Francis Vargas Campos.

SGDM/Fvc/lc.
Exp. N° 17.822.