Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
Carúpano, 22 de Junio de 2021
210 y 161
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS, presentada y suscrito por el ciudadano: JESÚS EDUARDO BONILLO VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de cedula de identidad Nº V- 22.922.426, domiciliado en la Urbanización Humberto Rojas, Parroquia Tunapuy, Municipio Libertador, Estado Sucre, asistido por el abogado en ejercicio ciudadano: CESAR GIL QUIJADA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 281.162.- En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS, el ciudadano: JESÚS EDUARDO BONILLO VILLARROEL, solicita al Tribunal se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes, para asegurarle su derecho de propiedad sobre las BIENHECHURIAS constituida por unas vigas riostras, la cual se encuentra enclavada sobre una parcela de terreno del Municipal, ubicada en el sector Luís Rodríguez, Parroquia Tunapuy, Municipio Libertador, Estado Sucre, código catastral N° ZNC19-09-02-03, la referida parcela de terreno tiene los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con casa de la señora Deisy Gómez, con una medida de (9,00 mts); SUR: Con casa de la señora Carmen Granado, con una medida de (9,00 mts); ESTE: Con cementerio Municipal, con una medida de (7,00 mts); y OESTE: Con calle principal Luís Rodríguez, con una medida de (7,00 mts);. El mencionado terreno posee un área total 170,00 mts2. Las Bienhechurias en referencia esta constituida por unas vigas riostras.- Las mencionadas BIENHECHURIAS tienen un área total de construcción de 63,00 mts2.- El costo de dichas BIENHECHURIAS, es por la cantidad de TRESCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 300.000.000,00).- Ahora bien por cuanto los testigos, ciudadanos: WILFRED ALEJANDRO CARABALLO CORNIBELL y CARMEN DELVALLE GRANADO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cedula de identidad Nros. V- 15.788.496 y V- 11.435.292, respectivamente, domiciliados el primero, en la población de Tunapuy, sector Luís Rodríguez, casa s/n, al lado del Cementerio, Municipio Libertador del estado Sucre y el segundo, en la población de Tunapuy, sector Luís Rodríguez, Urbanización Andrés Eloy Blanco, Municipio Libertador del estado Sucre, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud, así como también los recaudos acompañados: 1) Constancia de Ubicación Catastral, expedida por la Coordinación de Catastro Municipal del Municipio Libertador - Tunapuy del Estado Sucre, a nombre del ciudadano: JESÚS EDUARDO BONILLO VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de cedula de identidad Nº V- 22.922.426, documento Público administrativo en el cual se evidencia los datos catastrales del descrito inmueble, cuyo contenido goza de presunción de veracidad, al cual se le otorga pleno valor probatorio.- En tal sentido, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del código de procedimiento civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, se declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle al solicitante ciudadano: JESÚS EDUARDO BONILLO VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de cedula de identidad Nº V- 22.922.426, su derecho de propiedad que tiene sobre las BIENHECHURIAS constituidas por unas vigas riostras, la cual se encuentra enclavada sobre una parcela de terreno del Municipal, ubicada en el sector Luís Rodríguez, Parroquia Tunapuy, Municipio Libertador, Estado Sucre, código catastral N° ZNC19-09-02-03, la referida parcela de terreno tiene los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con casa de la señora Deisy Gómez, con una medida de (9,00 mts); SUR: Con casa de la señora Carmen Granado, con una medida de (9,00 mts); ESTE: Con cementerio Municipal, con una medida de (7,00 mts); y OESTE: Con calle principal Luís Rodríguez, con una medida de (7,00 mts);. El mencionado terreno posee un área total 170,00 mts2. Las Bienhechurias en referencia esta constituida por unas vigas riostras.- En consecuencia, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, suficiente sobre las mencionadas bienhechurias a favor del ciudadano: JESÚS EDUARDO BONILLO VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de cedula de identidad Nº V- 22.922.426, domiciliado en la Urbanización Humberto Rojas, Parroquia Tunapuy, Municipio Libertador, Estado Sucre, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide.- Devuélvase todo original con sus resultados.-
LA JUEZA,
Abg. KEINA MARCANO.-
LA SECRETARIA,
Abg. SANTA ESPINOZA.-
NOTA: En esta misma fecha (22/06/2021) se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado. Que CONSTE.
LA SECRETARIA,
Abg. SANTA ESPINOZA.-
Solic. N° 7.473-21.-
KM/SE/av.-
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