Vista la diligencia suscrita en fecha 10 de Junio de 2021, por el ciudadano REUBLIN CELESTINO HEREDIA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-10.952.428, representante legal del CONSORCIO CELESTINO, C.A, Rif. J-30622097-6 y debidamente asistido por el abogado en ejercicio, LEOCADIO ARMANDO YSASIS CASTAÑEDA, inscrito en el I.P.S.A bajo el número 67.053; mediante la cual desiste del Recurso de Hecho interpuesto contra la experticia complementaria de la sentencia interlocutoria del expediente 10.322 que riela de los folio (82) al folio (84) de fecha 24 de mayo de 2021 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Marítimo, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, y por cuanto este desistimiento no resulta violatorio del orden público ni de las buenas costumbres y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal imparte LA HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO del RECURSO DE HECHO, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como si se tratara de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Asimismo ordena se archive el presente expediente. Así se decide.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Marítimo, Tránsito, Protección del Niño, Niña y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.
En Cumanà, a los catorce (14) días del mes de Junio del 2021. Años 210º de la Independencia y 161º de la federación.
EL JUEZ SUPERIOR

Abog. FRANK A. OCANTO MUÑOZ. EL SECRETARIO

Abog. ABG. GUSTAVO A. TINEO LEON
NOTA: En esta misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó y publicó la presente decisión, siendo las 11:00 a.m. Conste.
EL SECRETARIO

Abog. ABG. GUSTAVO A. TINEO LEON

EXPEDIENTE Nº 21-6724
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
NUMERO DE SENTENCIA: 1060
MOTIVO: RECURSO DE HECHO (DESISTIMIENTO – SE IMPARTIO HOMOLOGACIÒN)
FAOM/GT/vt