JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 23 de Julio de 2.021.-
210º y 161º.-
Exp. N° 17.759.-
DEMANDANTE: CARLOS ENRIQUE MENESES CARABALLO, titular de la Cédula de Identidad Nro: V-4.295.485

APODERADOS: No otorgo Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyo

DEMANDADO: NELSON LUIS JIMÉNEZ GONZALEZ titular de la Cédula de Identidad N° 1.910.492

APODERADO: Abg. YALECCI VALDERRAMA YAÑEZ y LORETO ALBORNOZ inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 98.075 y 24.135.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyo

MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE FIRMA

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano: CARLOS ENRIQUE MENESES CARABALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 4.295.485, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.874 y visto igualmente el contenido de la misma, en la cual Desistió de la Acción, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO suscrito de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 Y 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente. Así se decide.-
La Juez


Abg. Susana García de Malavé


La Secretaria,


Abg. Francis Vargas Campos.

Exp. Nro. 17.759.
SGDM/fvc/lc.-