REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO VALDEZDEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Güiria, 10de Marzo de 2020.
209º y 161º


SOLICITUD. Nº 005-20
MOTIVO: Título Supletorio de Propiedad.
SOLICITANTE: Luisa Del Valle Ortega Latan, titular de la cédula de identidad No. V-9.938.571
ABOGADO ASISTENTE: Irais Jaimes Astudillo, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 164.702.
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
MATERIA: Civil Bienes.


Vista la solicitud de Título Supletorio de Propiedad, recibida por ante este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre,presentada por la ciudadana: Luisa Del Valle Ortega Latan, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.938.571; domiciliadaen la Calle Luisa Cáceres de Arismendi del asentamiento Campesino de Guarama el Medio, Casa S/N,Güiria, Municipio Bolivariano de Valdez del Estado Sucre; asistida por la Abogada en ejercicio Irais Jaimes Astudillo, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 164.702; en la que solicita se declare Titulo Supletorio de Propiedad a su favor, sobre unas bienechurías, construidas en una parcela de terreno de propiedad Municipal, la cual abarca una superficie total de Dos Mil Cuarenta Metros Cuadrados (2.040.00 Mts/2). Y Un Área de Construcción de Trescientos Veintisiete Metros Cuadrados con Veinticinco Centimetros Cuadrados(327.28 Mts.) ubicada en la Calle Luisa Caceres Arismendi del Asentamiento Campesino Guarama del Medio, Casa S/N, Parroquia Güiria, Municipio Bolivariano de Valdez del Estado Sucre, con las siguientes especificaciones:vivienda unifamiliar con bienechurias, la vivienda con paredes de bloques frizados, piso de ceramica y cemento pulido, techo de acerolit constante desiete (07)Habitaciones, una (01) sala, un (01) comedor una (01) cocina, un (01) porche, dos (02) baños, un (01) garaje, un (01) lavadero, en la parte delantera posee una puerta de aluminio, dos ventanas de aluminio un vidrio, enlas habitaciones principales tambien poseen puertas de maderas, cuyos linderos son los siguientes: Norte: 51,00 Mts, Colinda con Calle Luisa Caceres Arismendi delAsentamiento Campesino Guarama del Medio; Sur: 51,00 Mts. Que colinda con parcela que es o fue del ciudadano Antonio Tortolero, que es su fondo; Este: 40,00 Mts. Colinda con casa que es o fue de la ciudadana Hipolita Lezamay este: 40,00 Mts.


Colinda con casa que es o fue del ciudadano Albenis Rausseo. Junto con la solicitud presentó los siguientes recaudos:Carta de residencia Nº 19-15-01-001-0030, emitida por el consejo Comunal Guarama del Medio, Constancia Catastral Nº 00113-2019 emitida por la Coordinacion de Catastro de la Alcaldía del Municipio Bolivariano de Valdez del Estado Sucre de fecha 02-10-2019 y Autorizacion para Registrar, emitida por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Bolivariano de Valdez del Estado Sucre de fecha 02-10-2019. Así mismo fueron presentados en calidad de testigos las ciudadanas:Anaberzuyi Josefina Silva Montaño, venezolana, mayor de edad, de 44 años de edad, de profesión u oficio, TSU en Informática, estado civil, Soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-12.214.401, domiciliada en Calle Trincheras cruce con Monagas, Casa Nº 75, Güiria, Municipio Bolivariano de Valdez del Estado Sucrey María de los Ángeles Lopez García, venezolana, mayor de edad, de 33 años de edad, de profesión u oficio, Lic. En Trabajo Social, de estado civil Soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-17.317.162, y domiciliada en calle Monagas, casa Nº 03, Güiria, Municipio Bolivariano de Valdez del Estado Sucre.
Ahora bien, en vista de las declaraciones rendidas por los testigos ya identificados, se observan que sus declaraciones son contestes y concordantes entre si, en todas y cada uno de los particulares a que se contrae la solicitud. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez, Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en sede de Jurisdicción Voluntaria, tal como lo establece la Resolución Nº 006-2009, de fecha 18 de Marzo de 2009, publicada en Gaceta Oficial de fecha 02 de Abril de dos mil nueve (2009), conforme a lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Bastantes y Suficientes dichas actuaciones para asegurarles, alasolicitante ciudadanaLuisa Del Valle Ortega Latan, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 9.938.571,el derecho de propiedad sobre unas bienechurías, construidas en una parcela de terreno de propiedad Municipal, la cual abarca una superficie total de Dos Mil Cuarenta Metros Cuadrados (2.040.00 Mts/2). Y Un Área de Construcción de Trescientos Veintisiete Metros Cuadrados con Veinticinco Centimetros Cuadrados(327.28 Mts.) ubicada en la Calle Luisa Caceres Arismendi del Asentamiento Campesino Guarama del Medio, Casa S/N, Parroquia Güiria, Municipio Bolivariano de Valdez del Estado Sucre, con las siguientes especificaciones: vivienda unifamiliar con bienechurias, la vivienda con paredes de bloques frizados, piso de ceramica y cemento pulido, techo de acerolit constante de siete (07) Habitaciones, una (01) sala, un (01) comedor una (01) cocina, un (01) porche, dos (02) baños, un (01) garaje, un (01) lavadero, en la parte delantera posee una puerta de aluminio, dos ventanas de aluminio un vidrio, en las habitaciones principales tambien poseen puertas de maderas, cuyos linderos son los siguientes: Norte: 51,00 Mts, Colinda con alle Luisa Caceres Arismendi del
Asentamiento Campesino Guarama del Medio; Sur: 51,00 Mts. Que colinda con parcela que es o fue del ciudadano Antonio Tortolero, que es su fondo; Este: 40,00 Mts. Colinda con casa que es o fue de la ciudadana Hipolita Lezama y Oeste: 40,00 Mts. Colinda con casa que es o fue del ciudadano Albenis Rausseo.Devuélvase en original con sus resultas al solicitante.
Publíquese en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre. En Güiria, a los diez (10) días del mes de Marzode Dos Mil veinte (2020). Año 209º de Independencia y 161º de la Federación.
La Juez.
Abg. Olitza Zorrilla.
La Secretaria .
Abg. Caridad Zamora.

Nota: En la misma fecha se publico la presente decisión siendo las 12:40 p.m.-

La Secretaria .
Abg. Caridad Zamora.

Solicitud Nº 005-2020
OZ/cdzc.