REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 06 de Marzo de 2020.
209° y 160°.
Exp. N° 17.767.

DEMANDANTE: NORVIN ELENA ROJAS ROJAS, titular de la Cédula de Identidad N° 18.591.047.

APODERADOS: NO CONSTITUYÓ.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Independencia de Vista Alegre, Parroquia Tunapuicito, Municipio Benítez del estado Sucre.

DEMANDADOS: DOLORES JOSEFINA GÓMEZ FIGUEROA Y PEDRO FELIPE JOSE FIGUEROA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 3.422.890 y 5.231.604, respectivamente.

APODERADO: NO OTORGO.

DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYÓ.

MOTIVO: INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 18 de Febrero del 2.020, este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria donde se declaró inadmisible la demanda, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de Malavé.

Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM/Fvc/ecm.
Exp. N° 17.767.