REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 30 de Septiembre del 2.019.
209° y 160°
Exp. N° 17.394

DEMANDANTE: JOSE CONCEPCION ROJAS AGUILERA, titular de la
Cedula de Identidad N° 5.897.425.

APODERADO: ANGEL GUILLERMO MARCANO MENDEZ y ANGEL JESUS
MARCANO GUTIERREZ, inscritos en el Inpreabogado ba
Bajo el N° 95.231 y 9.768 respectivamente.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

DEMANDADO: LOLAYNE DARIA CENTENO MARCANO, titular de la Cédula
De Identidad N° 15.090.906.

APODERADO (S): Abgs. LEOMAR AMBARD BOGADY, MARIA ANTONIETTA
AMBARD BOGADY, FREDDY BOGADY FLORES, y NÉSTOR
MARTÍNEZ, inscritos en El Inpreabogado bajo los Nros:
176.338, 181.124, 19.751 y 42.973, respectivamente.

DOMICILIO PROCESAL: Calle 2 de la Urbanización Brisas del Mar, Güiria, Municipio
Valdez del Estado Sucre.

MOTIVO: PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la diligencia que antecede suscrita por el Abogado en ejercicio ÁNGEL GUILLERMO MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.768, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante y visto igualmente el cómputo que antecede, y por cuanto las partes no formularon Oposición alguna a la Partición, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, declara Concluida la Partición en el presente juicio. Así se decide.
La Juez,
La Secretaria,


Abg. Susana García de Malavé



SGDM/fvc/dr. Abg. Francis Vargas Campos.
Exp. N° 17.394.