REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
San José de Areocuar, 23 de marzo de 2019
209º y 160º
Vista la solicitud que antecede de TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD proveniente del Juzgado Distribuidor Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, presentado por la ciudadana ENIUSKA LIYUBETH LOPEZ GUZMAN, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 20.124.184, domiciliada en jurisdicción del Municipio Benítez del estado Sucre, asistido por el ciudadano JUAN CARLOS HERNANDEZ CABRERA, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 168.077, con domicilio procesal en la calle Las Palmas, casa N° 02 de la población de El Pilar, parroquia El Pilar, jurisdicción del Municipio Benítez del Estado Sucre, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble, contentiva de una casa de habitación, ubicada en la vía nacional, Parroquia El Pilar-El Rincón, sector Choro-Choro, Parroquia El Rincón, enclavado en un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI) que mide 2.396,00 m2 y un área de construcción de 120,55 m2,que cuenta con las siguientes características: paredes de bloque de cemento, frisadas, con techo de láminas de zinc acerolit, piso de concreto pulido, 4 (04) habitaciones, una (01) sala de baño, una (01) sala de cocina, una (01) sala-comedor, un (01) tanque, instalaciones eléctricas, agua potable, aguas servidas y una (01) parcela con árboles frutales, plantas de cacao y otras especies. el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con terrenos ocupados por Miguel Malavé y Mario Pino, SUR: con la vía nacional El Pilar-El Rincón y terrenos ocupados por Carlos Muziotti , ESTE: con terrenos ocupados por Carlos Muziotti y Miguel Malavé y OESTE: con terrenos ocupados por Mario Pino. El referido inmueble tiene asignado código catastral Z.N.C.19.04.02=30. El costo aproximado de la bienhechuría asciende a la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 300.000,00) equivalente a y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: JEAN PIERRE SOLER RODRIGUEZ y ADRIANA CAROLINA MUZIOTTI DONA, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-12.291.637 y V-17.957.525, respectivamente, todos domiciliados en jurisdicción del Municipio Benítez del estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de la ciudadana ENIUSKA LIYUBETH LOPEZ GUZMAN, sobre la bienhechuría en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar a los quince días del mes de mayo de dos mil diecinueve. Años: 209° de la Independencia y 160° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,
Abg. Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,
Zoraima M. Vargas
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
Zoraima M. Vargas
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