PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMEDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 20 de Junio de 2019
208° y 160°
SOLICITUD: 0154-2019
SOLICITANTE: JOSE ANTONIO TURNES MOYA, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 6.952.461.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
Visto el anterior escrito de solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentado por el ciudadano JOSE ANTONIO TURNES MOYA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 6.952.461, y residenciado en la calle Colombia, casa sin número, detrás de la Escuela J.J. Martínez Mata, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, asistido en este acto por la abogada en ejercicio MARILYN AIMARA DETTÍN CABRERA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado con el N° 119.936, mediante la cual solicitó de este Tribunal, ordenara la Rectificación del Acta de Nacimiento N° 202, asentada en la Prefectura del Distrito Acevedo del Estado Miranda, para que sea subsanado el error existente en dicha Acta y se corrija el nombre de mi padre por el correcto: JOSÉ TURNES LAMAS.
Acompañó el solicitante para los efectos probatorios: Copia certificada del Acta de nacimiento número doscientos dos del ciudadano JOSE ANTONIO TURNES MOYA, a la cual este Tribunal le otorga pleno valor probatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil. Copia simple de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre de fecha veintitrés de abril de 1990, la cual este Tribunal valora por guardar relación con el procedimiento. Copia simple del Acta de Nacimiento N° 154 de fecha veinticinco de marzo de mil novecientos treinta y siete del ciudadano JOSE TURNES LAMAS, la cual este Tribunal valora por guardar relación con el procedimiento. Copia simple de la constancia de residencia del ciudadano JOSE TURNES LAMAS, la cual este Tribunal valora por guardar relación con el procedimiento. Copia simple del acta de defunción del ciudadano JOSE TURNES LAMAS, la cual este Tribunal valora por guardar relación con el procedimiento. Copia simple de la Certificación de datos del ciudadano JOSE TURNES LAMAS, la cual este Tribunal valora por guardar relación con el procedimiento. Copia simple de Testimonio de Nacimiento y Bautismo emitido por la Diócesis de Carúpano, Parroquia de Santa Rosa De Lima, del ciudadano JOSE ANTONIO TURNES MOYA, la cual este Tribunal valora por guardar relación con el procedimiento.
En fecha 29 de Abril de 2019, el Tribunal dicta auto para admitir la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, ordena librar edicto y Boleta de Notificación al Fiscal Cuarto del Ministerio Público en materia de Familia.
En fecha 29 de Abril de 2019 compareció el ciudadano JUAN MANUEL TURNES MOYA, y mediante diligencia le otorgó Poder Apud – Acta a la abogada en ejercicio MARILYN AIMARA DETTÍN CABRERA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado con el N° 119.936.
En fecha 09 de Mayo de 2019, el Alguacil del Tribunal deja constancia de haber notificado a la ciudadana Fiscal Cuarto del Ministerio Público en materia de Familia y consignó la boleta debidamente firmada.
En fecha 16 de Mayo de 2019, comparece por ante este Tribunal, la abogada en ejercicio MARILYN AIMARA DETTÍN CABRERA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado con el N° 119.936, y mediante diligencia consigna Edicto publicado por el “Diario Vea”, publicado en fecha 09 de mayo de 2019.
En fecha 16 de Mayo de 2019, el Tribunal dicta auto mediante el cual ordena agregar a los autos el Edicto publicado en el “Diario Vea”.
En fecha 03 de Junio de 2019, compareció la Abogada Marilyn Aimara Dettín Cabrera, con el carácter acreditado en autos y mediante diligencia sustituyó el poder Apud-acta de modo especial y con reserva de ejercicio, en el abogado Marcos Antonio Dettín Cabrera, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 93.463, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.883.239.
En fecha 03 de Junio de 2019, este Tribunal dicta auto aperturando el lapso de pruebas.
En fecha 17 de Junio de 2019, este Tribunal dicta auto mediante el cual fija oportunidad para dictar Sentencia.
Por todos los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, actuando de conformidad con los artículos 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil. administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento interpuesta por el ciudadano JOSE ANTONIO TURNES MOYA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.952.461, y residenciado en la calle Colombia, casa sin número, detrás de la Escuela J.J. Martínez Mata, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. SEGUNDO: Se ordena al ciudadano Registrador Civil del Municipio Acevedo del Estado Miranda, rectifique el acta de nacimiento que corre inserta en los Libros de nacimientos llevados por la Prefectura del Distrito Acevedo del Estado Miranda, bajo el número doscientos dos (202) de fecha trece de abril de mil novecientos sesenta y cinco, por cuanto por un error material involuntario del funcionario escribieron el nombre de su padre como JOSÉ MARÍA TURNES LAMAS siendo lo Correcto “JOSÉ TURNES LAMAS”.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia certificada. Publíquese en la página Web de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En la ciudad de Carúpano, a los veinte (20) días del mes de Junio del año Dos Mil Diecinueve (2019).- Años 208° de la Independencia y 160° de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL,


ABG. NORAIMA MARIN G.
LA SECRETARIA ACC.,


Abg. LOURDES VIOLETA BRITO.
NOTA: En esta misma fecha 20-06-2019, previo los requisitos de ley, siendo las once de la mañana (11:00 m), se público la anterior Sentencia. Conste.
LA SECRETARIA,


Abg. LOURDES VIOLETA BRITO.


Exp. Nº 0154-2019
NMG/LVB/dpgc.