Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
Carúpano, nueve (09) de Julio de 2.019
208° y 160°
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS, presentada y suscrita por la ciudadana: DIANA MEYER LISTA ALFONZO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.841.198, y de este domicilio, asistida en este acto por el abogado en ejercicio PEDRO MATA, inscrito en el Inpreabogado con el N° 166.111 y de este domicilio. En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS, la ciudadana DIANA MEYER LISTA ALFONZO, solicita al Tribunal se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes, para asegurarle su derecho de propiedad sobre las BIENHECHURIAS constituida por una vivienda, la cual se encuentra enclavada sobre una parcela de terreno del Instituto Nacional de Tierras (INTI) ubicada en la vía principal de Tunapuicito, Parroquia Tunapuicito, Municipio Benítez del Estado Sucre, signado con el Numero de identificación Z.N.C. 19.04.05.01 que tiene una superficie de terreno de CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450,00 M2), el inmueble está constituido por paredes de bloques frisado, techo de acerolit, piso de cemento revestido con cerámica, distribuida de cuatro (04) dormitorios, una (01) sala, un (01) comedor, dos (02) baños, una (01) cocina, un (01) porche, ventanas y puertas de aluminio con vidrio y protectores, un (01) garaje, una (01) fachada de bloque y rejas. El terreno sobre el cual están construidas las referidas bienhechurías, tiene los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con casa de Javier Lista, en Treinta metros (30,00 m); SUR: Casa de Luis Candallo, en Treinta metros (30,00 m), ESTE: Con su fondo correspondiente que da con el rio Tunapuicito (15,00 m) y OESTE: Su frente que es la referida vía que conduce a Tunapuicito, en (15,00m). Las mencionadas BIENHECHURIAS tienen un área total de construcción de DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (220,00 MTS2). El costo de dichas BIENHECHURIAS, es por la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,00).- Ahora bien por cuanto los testigos, ciudadanos: JESENIA JOSEFINA CORDERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.257.453 y de este domicilio y VALENTIN JESUS MARTÌNEZ MARTÌNEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nª V- 17.781.727 y de este domicilio, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud, así como también los recaudos acompañados: 1) Constancia Catastral, expedida por la Oficina Municipal de Catastro del Municipio Benítez del Estado Sucre, a nombre de la ciudadana: DIANA MEYER LISTA ALFONZO, C.I. N° V-16.841.198, documento Público administrativo en el cual se evidencia los datos catastrales del descrito inmueble, cuyo contenido goza de presunción de veracidad, a los cuales se le otorga pleno valor probatorio .- En tal sentido, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del código de procedimiento civil y la Resolución Conjunta emanada por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y para la Agricultura y Tierras, N° 030/2014, de fecha: 20 de mayo de 2014, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, se declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a la solicitante ciudadana: DIANA MEYER LISTA ALFONZO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.841.198, y de este domicilio, su derecho de propiedad que tiene sobre las BIENHECHURIAS constituidas por un inmueble ubicada en la vía principal de Tunapuicito, Parroquia Tunapuicito, Municipio Benítez del Estado Sucre, signado con el Número de identificación Z.N.C. 19.04.05.01 que tiene una superficie de terreno de CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450,00 M2), el inmueble está constituido por paredes de bloques frisado, techo de acerolit, piso de cemento revestido con cerámica, distribuida de cuatro (04) dormitorios, una (01) sala, un (01) comedor, dos (02) baños, una (01) cocina, un (01) porche, ventanas y puertas de aluminio con vidrio y protectores, un (01) garaje, una 801) fachada de bloque y rejas. El terreno sobre el cual están construidas las referidas bienhechurías, tiene los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con casa de Javier Lista (30,00 m); SUR: Casa de Luis Candallo (30,00 m), ESTE: Con su fondo correspondiente que da con el rio Tunapuicito (15,00 m) y OESTE: Su frente que es la referida vía que conduce a Tunapuicito (15,00m). Las mencionadas BIENHECHURIAS tienen un área total de construcción de DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (220,00 MTS2).- En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, suficiente sobre las mencionadas bienhechurías a favor de la ciudadana: DIANA MEYER LISTA ALFONZO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.841.198, y de este domicilio, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide.- Devuélvase todo original con sus resultados.-
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. NORAIMA MARIN G.-
LA SECRETARIA ACC,
Abg. LOURDES VIOLETA BRITO.-
NOTA: En esta misma fecha (09/07/2.019) se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado. Que CONSTE.
LA SECRETARIA,
Abg. LOURDES VIOLETA BRITO.-
Solc. N° 0368-2019
NMG/LVB/.-
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