REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 10 de Julio del 2.019.-
209º y 160º
SOL. N° 5.702.

SOLICITANTE: Abg. CARLOS ENRIQUE SALGADO MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 283.007, Defensor Público Auxiliar Primero Agrario del Estado Sucre, extensión Carúpano, por requerimiento del ciudadano QUINTIN SANTOS MARTINEZ QUIJADA, titular de la Cédula de Identidad N° 5.867.514.

APODERADO: NO OTORGÓ PODER.

DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYÓ.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO AGRARIO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.

Vista la solicitud presentada por el Abogado CARLOS ENRIQUE SALGADO MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 283.007, actuando en su carácter de Defensor Público Auxiliar Primero Agrario del Estado Sucre, por requerimiento del ciudadano QUINTIN SANTOS MARTINEZ QUIJADA, Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° 5.867.514, domiciliado en el caserío Chuparipal Abajo, Parroquia El Rincón, Municipio Benítez del Estado Sucre, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO AGRARIO, sobre unas bienhechurías fomentadas en un lote de terreno o parcela propiedad del INTITUTO NACIONAL DE TIERRA ubicada en el caserío Chuparipal Abajo, Parroquia, El Rincón, Municipio Benítez del Estado Sucre, con un área aproximada de Un Hectárea Con Mil Trescientos Noventa y Un Metros Cuadrado (1ha con 1.391 m²) con los linderos siguientes: NORTE: Vía Agrícola y Terreno Ocupado por Pio Medina; SUR: Con Terreno Ocupado por Martin Quijada; ESTE: Terreno ocupado por Pio Medina; y OESTE: Vía Agrícola, Terreno ocupado por Ciro Guerra y Martin Quijada; y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: SULY MARIA SANDOVAL DE GARCIA y WILMAN JOSE VICENT MATA, venezolanos, mayores de edad, domiciliado el Primero en Chuparipal Abajo, Municipio Benítez del Estado Sucre y el Segundo en Andrés Bello, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 10.223.197 y 5.875.776, respectivamente, por ante este Tribunal, así como también los recaudos acompañados, se demuestra el derecho o pretensión del solicitante, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO AGRARIO, suficiente a favor del ciudadano QUINTIN SANTOS MARTINEZ QUIJADA, sobre las referidas Bienhechurías de conformidad con lo establecido el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.

Constante en Doce (12) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.



SGDM/Fvc/ecm.-
Sol. N° 5.702.-