REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LOS ESTADOS SUCRE, ANZOATEGUI Y NUEVA ESPARTA, CUMANÁ.
Cumaná, primero 01 de febrero de 2019.
208º y 159º

Revisado el presente expediente y por cuanto se evidencia que las partes fueron debidamente notificadas tanto de la sentencia de fecha 30-03-2017, en el cual el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro con Competencia Transitoria en los Estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, declaró la perención de la instancia, como del auto de abocamiento del Juez de este Tribunal Superior dictado en fecha 24-11-2017; así mismo, se verificade autos que los lapsos otorgados por la ley para interponer los recursos han precluido sin que las partes hayan hecho uso de estos; En consecuencia, este Tribunal Superior acuerda cerrar el presente expediente, por lo que se ordena remitirlo al Archivo Regional de esta Circunscripción Judicial,a los fines de su resguardos.Líbrese oficio en la oportunidad legal correspondiente.
EL JUEZ PROVISORIO


Abg. ADALBERTO R.LUGO MORALES
EL SECRETARIO ACCIDENTAL


Abg. RAFAEL JOSE GARCIA VEGAS




ARL/rjgv/cdcb.-
Exp. N° TSAgr0007-08-2017.-