LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRICPIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 13 de Febrero del 2.019.
208° y 159°
Exp. N° 17.401.
DEMANDANTE: LAURA ROMERO, titular de la Cédula de Identidad N° 4.693.429.

APODERADO: Abg. VIRGINIA ALCOBA CARABALLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 212.410.

DOMICILIO PROCESAL: Edificio Saladino, mesanina oficina N° 06, ubicado en el cruce de l as calles Acosta e Independencia, Carúpano Estado Sucre.

DEMANDADOS: MIGDALIA MATA, FANNY MATA, MARISOL MATA, CARLOS MATA ECHENDIA y CARLOS MATA ROMERO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 6.517.527, 6.811.825, 6.510.068, 6.506.096 y 25.417.840, respectivamente.

APODERADO: No Otorgaron Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyeron.

MOTIVO: ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFNITIVA.

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 04 de Febrero del 2.019, este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria donde se declaró la Perención de la Instancia, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM/Fvc/dr.
Exp. N° 17.401.