LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 12 de Agosto de 2.019.
209° Y 160.-
Exp. N° 17.565
DEMANDANTE: CARLOS ENRIQUE LARA CAMPOS, titular
de la Cédula de Identidad N° 10.882.576.
APODERADO (S): CRUZ MERCEDES VELASQUEZ y JACINTO
JOSE ROMERO, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.
75.104 y 75.105, respectivamente.
DOMICILIO PROCESAL: Av. Independencia, Edificio Funda Bermúdez, piso 2,
Oficina N° 4, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
DEMANDADO: EVANGELINA DEL VALLE MARTIARENA
MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad
N° 3.944.086.
APODERADO (S): No Otorgó
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.-
MOTIVO: PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD
CONYUGAL.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
Vista la diligencia que antecede suscrita por la abogada en ejercicio CRUZ MERCEDES VELASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75.104, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada en el presente, así como el cómputo que antecede, y por cuanto las partes no formularon objeción alguna, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, Declara concluida la partición en el presente juicio. Así se decide.-
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas Campos.
FVC-am.
Exp. N° 17.565
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