LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 12 de Agosto de 2.019.
209° Y 160.-
Exp. N° 17.565

DEMANDANTE: CARLOS ENRIQUE LARA CAMPOS, titular
de la Cédula de Identidad N° 10.882.576.

APODERADO (S): CRUZ MERCEDES VELASQUEZ y JACINTO
JOSE ROMERO, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.
75.104 y 75.105, respectivamente.

DOMICILIO PROCESAL: Av. Independencia, Edificio Funda Bermúdez, piso 2,
Oficina N° 4, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

DEMANDADO: EVANGELINA DEL VALLE MARTIARENA
MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad
N° 3.944.086.

APODERADO (S): No Otorgó

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.-

MOTIVO: PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD
CONYUGAL.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

Vista la diligencia que antecede suscrita por la abogada en ejercicio CRUZ MERCEDES VELASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75.104, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada en el presente, así como el cómputo que antecede, y por cuanto las partes no formularon objeción alguna, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, Declara concluida la partición en el presente juicio. Así se decide.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.

La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.

FVC-am.
Exp. N° 17.565