REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. SEDE CUMANÁ.
Cumaná, 04 de Octubre de Dos Mil Dieciocho 2018.
208º y 159º
ASUNTO: JMS1-8987-15
DEMANDANTE: CONSEJO DEPROTECCION DEL MUNICIPIO MONTES
BENEFICIARIOS : Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA
De la revisión de las actas procesales que conforme a la presente causa, y por cuanto se observa que para el momento de la admisión de la causa era menor de edad, y para la fecha actual cuentan con la mayoría de edad, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Sede Cumaná., Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con la Convención sobre los Derechos de los Niño y del Adolescente en su artículo 1ero y la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en su articulo 2do, señalándose en ambos Instrumentos Jurídicos, que solo ampara a quienes son niños y adolescentes, por lo tanto las Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, han alcanzado la mayoridad, lo cual se evidencia que sale de esta esfera de protección, en consecuencia se ordena el CIERRE DE LA CAUSA Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Cúmplase.
La Jueza
Abg. Maria Eugenia Graziani
La Secretaria
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria
MEGL/milagros
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
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