JUZGADO SUPERIOR ESTADAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Cumaná, 13 de noviembre del año 2.018
208º y 159º


Visto el escrito presentado en fecha 01 de noviembre de 2.018, por la abogada Lorelys Carolina Figueroa Franco, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 100.789, en su carácter de Síndico Procurador Municipal del Municipio Sucre del estado Sucre, mediante la cual promueve pruebas, este Tribunal, siendo la oportunidad procesal correspondiente para la admisibilidad de las mismas, pasa a hacerlo de la manera siguiente:

DE LAS DOCUMENTALES
Con relación a las documentales promovidas en el escrito in comento, anexos “A” y “B”, relativo a los Antecedentes de Servicios de la recurrente y Decreto Nº 02 de fecha 02 de enero de 2018, publicado en Gaceta Municipal Nº 77 de fecha 19 de enero de 2018, respectivamente, este Tribunal la admite en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente; ahora bien, como las referidas documentales constan en actas, manténgase en el expediente. Así se decide.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Cumaná, a los trece (13) días del mes de noviembre del Dos Mil Dieciocho (2018). Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
El Juez Suplente,


Fernand José Serrano
La Secretaria Accidental,


Belkis Carelia Fermín

En esta misma fecha siendo la 01:40 p.m., se registró y publicó la anterior decisión. Conste.-
La Secretaria Accidental,


Belkis Carelia Fermín
Exp RP41-G-2018-000016
FJS/BC.-
L.S. Juez Suplente (fdo) Fernand José Serrano R. La Secretaria Accidental (fdo) Belkis Carelia Fermín R., Publicada en su fecha 13 de noviembre de 2018, a las 01:50 p.m. La Secretaria Accidental (fdo) Belkis Carelia Fermín R., La suscrita Secretaria Accidental del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, certifica mandato judicial, en Cumaná, a los trece (13) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho (2018) Años que la presente copia es un traslado fiel y exacto de su original y se expide por 208° y 159°.