JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 30 de Noviembre del 2.018
209º y 158º
Exp. N° 17.664
DEMANDANTE: LISSETT MARGARITA DIAZ LEON, Titular de la
Cédula de Identidad N° 10.876.916.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Urica Nº 76-B, Carúpano, Estado
Sucre.
APODERADO (S): Abgs. GUALBERTO SANTIAGO RIOS VALLEJO y
PEDRO MARIN MATA, inscritos en el
Inpreabogado bajo el Nº 6.746 y 489.
DEMANDADO: PABLO ANIBAL ROSAL ZAPATA, titular de la
Cedula de Identidad N° 13.273.928.
DOMICILIO PROCESAL: Bloque 3, Piso 1, Apartamento 6, Bloques de
El Mangle, Parroquia Santa Catalina,
Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
MOTIVO: DAÑOS Y PERJUICIOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.
Vista la Transacción que antecede suscrita por las partes intervinientes en el presente juicio, ciudadanos LISSETT MARGARITA DIAZ LEON, titular de la Cédula de Identidad N° 10.876.916, asistida por el Abogado en ejercicio GUALBERTO SANTIAGO RIOS VALLEJO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 6.746, y PABLO ANIBAL ROSAL ZAPATA, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.456.449, asistido por el Abogado JOSE GABRIEL ALCALA FEJURE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.018; este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y Tránsito, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la Transacción de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas Campos.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente.-
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM-mmg.
Exp. N° 17.666
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