REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÒN CARÙPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
Carúpano, 8 de Noviembre de 2018
208º y 159º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-000198
ASUNTO: RP11-P-2011-000198
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Celebrado como ha sido en el día de hoy, 8 de Noviembre de 2018, siendo las 2:30 PM, se constituyó en la Sala de Audiencias Nº 04, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal Segundo de Juicio, presidido por el Juez, Abg. Maria Pereira, acompañada por el secretario Abg. Jesús Miguel Parejo Romero y el alguacil de sala, con el objeto de llevar a cabo la celebración del Juicio Oral y Público, en el asunto arriba enumerado, seguido a la acusada YARISOL VICTORIA CARVAJAL, por los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÒN AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 149 en concordancia 163 numeral 7, de la Ley Orgánica de Droga Vigente, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, RESISTENCIA A AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previsto y sancionado 277 en concordancia con el art. 9 en la Ley Sobre Armas y Explosivos, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado 470 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
DE LA ACUSADA:
Acto seguido solicita el derecho de palabra la acusado de autos YARISOL VICTORIA CARVAJAL; quien expone: Ciudadana juez solicito se me amplié las presentación ya que yo me presento cada 8 días por antes la unidad de alguacilazgo, por la situación del transporte no consigo como venir, aparte de eso no tengo dinero ya que por esas presentación no puede tener un trabajo fijo por que tendría que faltar todos los lunes que es cuando me presento y es por lo que yo solicito eso, por lo menos dra. Unas presentación un poco más largas. Es todo.
DEL TRIBUNAL:
Acto seguido el ciudadano Juez toma la palabra y expone: Vista la incomparecencia del fiscal primero del Ministerio Publico, encargado de la Fiscalia Tercera en materia de drogas del Ministerio Publico Abg. Luís Orsetti, el Defensor Público Penal Abg. Jesús Maíz, no compareciendo, ni los medios de prueba convocados para el presente acto, es por lo que éste Tribunal Segundo de Juicio ACUERDA DIFERIR la celebración del Juicio Oral y Público para el día 30/04/2019 a las 2:30 PM en las instalaciones de éste Circuito Judicial Penal. Ahora bien, una vez escuchado lo solicitado por la acusada de autos y una vez revisado el sistema Juris 2000, se puede evidenciar que la misma nunca a faltado a sus presentación es decir, que nunca se ha negado a cumplir con todos los llamados que le ha hecho por este tribual, es por lo que se acuerda Ampliar el Régimen de Presentación a cada Noventa (90), días por antes la Unidad de Alguacilazgo de esta Sede Judicial. Y así se decide.-
DISPOSITIVA:
En consecuencia este Juzgado de primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA PRIMERO: Se ACUERDA DIFERIR la celebración del Juicio Oral y Público para el día 30/04/2019 a las 2:30 PM en las instalaciones de éste Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: Se Amplia el Régimen de presentaciones impuesto de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor del ciudadano HECTOR ANTONIO RAMIREZ PORTUGUEZ, de las establecidas en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por cada NOVENTA (90) DÍAS por ante la Unidad del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, en consecuencia REGISTRESE la ampliación de las medidas de presentación en el sistema Juris 2000. Quedan notificados los presentes en sala, con la firma y lectura del acta de conformidad con lo previsto en el artículo 351 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese los oficios y notificaciones correspondientes para la realización del acto, para el día y hora antes señalada. Notifique a las partes ausentes. Es todo, terminó, se leyó, y conformes firman.-
JUEZ SEGUNDO DE JUICIO
ABG. MARIA M. PEREIRA
EL SECRETARIO JUDICIAL
ABG. JESUS MIGUEL PAREJO ROMERO
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