REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
San José de Areocuar, 06 de abril de 2018
207º y 159º
Vista la solicitud que antecede de TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD proveniente del Juzgado Distribuidor Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, presentado por los ciudadanos presentado por los ciudadanos JESUS ROBERTO VIÑOLES y YAMIN JOSEFINA MARTINEZ GIL, venezolanos, mayor de edad, solteros, civilmente hábil, titular de las Cédulas de Identidad Nº V-6.958.735 y V-6.954.468, ambos domiciliados en la Urbanización Primero de Mayo, calle Bermúdez, casa s/n, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, asistidos por el ciudadano HERNAN JOSE FERMIN BRITO, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 197.861, con domicilio procesal en la Urbanización Canchunchú Viejo, calle la Planta, casa s/n, jurisdicción del Municipio Bermúdez del Estado Sucre y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO , sobre unas bienhechurías enclavada en un lote de terreno propiedad del INTI el cual está ubicado en el mismo lugar de su domicilio, con un área de terreno de 144,00 Mts2 y un área de construcción de 288,00 Mts2 ,el cual posee las siguientes características: dos (02) plantas: Planta Baja, con un área de (144 m2),conformado por tres (03) habitaciones, dos(02) baños, sala, comedor ,cocina ,lavadero ,garaje, piso de porcelanato, paredes de bloques de concreto frisadas, placa de concreto, cinco puertas de madera con sus respectivos marcos, dos (02) puertas de hierro, dos(02) ventanas de madera, una (01) ventana de aluminio. Planta Alta: cuatro (04) habitaciones, un (01) baño, sala, comedor, dos (02) ventanas, techo de acerolit , paredes de bloques frisadas, piso gris, constante de una superficie de 9,6 metros de ancho y 15 mts de largo, el cual se encuentre identificado con el Código Catastral Actual:ZNC-51-08.Dicho terreno se encuentra deslindado de la siguiente manera: NORTE: en 9,6 metros con la calle Ceresal. SUR: En 9,6 metros con terrenos que son o fueron de Florencio Montaño. ESTE: En 15 metros con terrenos de Yamín Martínez y OESTE: En 15 metros con terreno de Cesar Martínez. El costo aproximadamente de las bienhechurías ascienden a la cantidad de TRESCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs 300.000.000,00) y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: LUIS ENRIQUE GARCIA LOPEZ y PEDRO EMILIO OLIVEROS GARCIA, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-15.787.058 y V-3.421.826, respectivamente, todos domiciliados en jurisdicción del Municipio Bermúdez del estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de los ciudadanos JESUS ROBERTO VIÑOLES y YAMIN JOSEFINA MARTINEZ GIL, sobre la bienhechuría en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar a los seis días del mes de abril de dos mil dieciocho. Años: 207° de la Independencia y 159° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,
Abg. Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas