T.Penal de Control Sec.Adolesc.del Edo Sucre- Ext.Carúpano
Carúpano, 2 de Marzo de 2018
207º y 159º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2018-000039
ASUNTO: RP11-D-2018-000039


Corresponde a este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes proceder a redactar el texto íntegro de la Sentencia Interlocutoria que con motivo de celebrarse en fecha Veintitres de Octubre del dos mil Diecisiete (23-10-2017), la audiencia de presentación de imputado de los imputados: OMISSIS (Varios), A tal efecto se verificó la presencia de las partes, estando presentes: La Fiscal Sexta del Ministerio Público en el Sistema de Responsabilidad de Adolescentes, Abg. Moraima Goyo, y los imputados de autos previo traslado, a quien se le informó del derecho que tiene de estar asistido por un defensor de su confianza, manifestando el mismo no tener Abogado de confianza. En este acto y en aras de garantizarle el derecho de defensa a los imputados, manifestando el mismo no contar con la asistencia de defensor por lo que se hace pasar a la sala defensora publica de guardia Abg. Mileine Guacuto quien fue impuesta de las actuaciones, garantizando el derecho a la defensa.


DE LA FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO:

Acto seguido el Juez le cede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien expone: Vistas las actuaciones suscritas por afectivos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano, procedo a presentar a los adolescentes OMISSIS (Varios), por la presunta comisión de uno de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE COOPERADORES INMEDIATOS , previsto y sancionado en el articulo 406 en relación con el 86 del código penal, en perjuicio de ALI SAMUEL MENESES MARTINEZ y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 286 del Código penal, en perjuicio de la COLECTIVIDAD; ello en virtud de los hechos ocurridos en fecha: 27-02-2018, Según consta en ACTA DE INVESTIGACION PENAL suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano en la cual dejan constancia vista y leída la trascripción de novedad se constituyo comisión hasta las instalaciones del SAPINAES, con la finalidad de realizar todas las diligencias urgentes y necesarias …. Una vez en el lugar fuimos recibidos por la comisión del IAPES, quien nos manifestó que siendo aproximadamente las 03:40 horas de la mañana del día en curso recibieron llamada radiofónica del funcionario de guardia de la institución informando que en le referido reten se habían fugado 10 detenidos, asimismo indicando que los evadidos le habían causado la muerte a un detenido, quien se encontraba en el interior de una celda… solicito sean oídos de conformidad con los artículos 542 y 654 literal “F” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es todo.

DE LOS IMPUTADOS:

Seguidamente el Juez explica al adolescente el delito que se les imputa, de igual manera lo impone del Precepto constitucional establecido en el artículo 49 numeral 5º en relación con el articulo 542 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se le interrogó sobre su voluntad de querer declarar, y procedió a identificarse de la siguiente manera: OMISSIS. Quien expuso: La victima Ali Samuel Meneses fue golpeado por todos, nosotros cinco, anotio y los que estamos aquí los cuatro, el también fue obligado y nosotros a darle golpe a el los demás si le dieron bastante golpes, ellos lo matan por matan por medio de una rutina, la rutina se controla por unos principales como Moisés Patiño, el segundo es Diego y el tercero es Dylan y el cuarto es Jorge, ellos son los que mandan ahí, ellos no le gustaron que Ali Samuel estuviera ahí porque el era medio amanerado y no le gusto su forma de ser, ellos decía que ahí tenían que ver malandro no mariscos, el homicidio fue como a las diez de la noche, nos dimos cuenta que estaba muerto como a la una de allí ellos estaban planeando la fuga parea irse y Antonio se lo llevaron obligado, y ha nosotros nos dejaron quieto no se porque, secuestraron al maestros le quitaron sus cosa un teléfono, unos reales un reloj de ahí no supe mas nada, entre toditos le caímos encima. Seguidamente la fiscal toma la palabras para hacer las siguientes preguntas: Preguntas: Era la primera vez que golpeaban Ali, Respuestas: la segunda vez, preguntas: usted que dice que es por la rutina cual era la rutina, Respuestas: andar limpiando, ablando bien a ellos, preguntas: y cual de esas rutinas no cumplió Alí, Respuestas: por lo menos Ali Samuel se fue hacer necesidad y entonces le dijo Samuel a moisés que lo hueliara para ver si se había limpiado, preguntas: algunos de ustedes le comunico a la licenciada lo que sucedió ahí, Respuestas: no porque estábamos sometidos, preguntas: porque golpearon Ali, Respuestas: lo reventaron fue apatadas, también pusieron una colchoneta y lo lanzaron hacia arriba, preguntas: porque ustedes no le dijeron nada a la directora de lo que estaba aconteciendo en el centro, Respuestas: porque ya ella había hablado con moisés y Moroni, preguntas: como Moisés se enteraba si le decían algo a la directora sobre los golpes, Respuestas: porque uno le decía a los maestros algo y parece que ellos también se lo decían a moisés, preguntas: los conteo los hacen diarios, Respuestas: si, todos los días a las ocho de la mañana, preguntas: la directora sabia que estaba un jefe alli en esa celda, Respuestas: si, poruqe ella habia sacado a moisés a hablar con ella y ahí fue cuando ella le pidió las dos pullas, y moisés se las entrego, es todo. Seguidamente la defensa pública toma la palabras para hacer las siguientes preguntas: pregunta: porque tu no te escapaste, Respuestas: porque yo pensé mucho en mi familia, preguntas: cuantos cumaneses estaban en esa celda, Respuestas: doce, preguntas: ellos lo tenían sometido a ustedes, Respuestas: si, y avarios de ellos, preguntas: como obligación a MORONIS para que se fugara, Respuestas: no se ellos hablaran que se Iván a fugar, preguntas: cuantos golpes tu le diste ali, Respuestas: no le di mucho solo 10 golpes. , es todo. Seguidamente se impone al segundo de los imputados como: OMISSIS, quien expuso: señora juez ellos tenían a uno sometidos moisés, Diego, Dilan y Jorge, de allí fue que si uno no le hacia caso le daban golpes a uno por eso fue que el homicidio que hubo con Ali Samuel, que hacia bromas como de gay, caminada así y le habían dado unos golpes de ahí el se había ido para el baño a bañar se había caído en la ducha y ahí fue que le sucedió que se había a muerto a raíz de los golpes que uno le dio, y luego entraron los principales para la ducha, le estaban dando golpes y luego se murió, de allí dijeron para fugarse, se pusieron de acuerdo y se fugaron , a los maestros le habían precisado ósea lo amarraron y se fueron, le quitaron un teléfono unos reales. Seguidamente la fiscal toma la palabras para hacer las siguientes preguntas: preguntas: simón tu dices que los principales lo tenias sometidos, cuantas veces te golpearon a ti, Respuestas: como dos veces, preguntas: porque tu no le dijiste nada a la licenciada, Respuestas: porque nos golpeaban, preguntas: la golpiza que le dieron Ali tu estabas allí, Respuestas: a nosotros nos pusieron que uno le diera, preguntas: ,cuantos golpes le diste, Respuestas: como siete golpes nada mas, preguntas: ellos tenían algo con que los amenazaban, Respuestas: unas pullas, preguntas: era la primera vez que golpeaban Ali, Respuestas: como tres veces, preguntas: cuado llegaron los que cumana, usted llego con ese traslado, Respuestas: veníamos juntos, preguntas: ellos eran jefe allá en cumana, Respuestas: que uno de esos se vinieron, preguntas: desde que ustedes llegaron a Carúpano al centro, estaban con los tres muchacho Ali Samuel, Antonio y Alejandro, Respuestas: no, preguntas: como fue cuando llegaron, Respuestas: cuando nosotros llegamos nosotros estábamos en otra celda y luego la directora nos cambio, no se porque, preguntas: ustedes saben los delitos porque están, Respuestas: no, preguntas: ustedes sabían porque delito esta Ali, Respuestas: no, preguntas: aproximadamente que tiempo duraron ustedes para darle golpes Ali, Respuestas: como dos horas,preguntas: porque ustedes no le dijeron nada a la directora de lo que estaba aconteciendo en el centro, Respuestas: uno le decía algo a la directora nos podían joder, preguntas: como Moisés se enteraba si le decían algo a la directora sobre los golpes, Respuestas: no lo se, pero el siempre se enteraba . preguntas: la directora sabia que estaba un jefe allí en esa celda, Respuestas: si sabia, porque mas antes ya lo habían sacado, hablar con el a entregara las dos pullas, es todo. Seguidamente la defensa pública toma la palabras para hacer las siguientes preguntas: preguntas: simón este ustedes consumen droga donde estaban preso, Respuestas: no, han consumido anteriormente, Respuestas: no, preguntas: que tiempo tenían usted para trasladarlos a la celda de los cumaneses a la de ustedes , Respuestas: un mes, preguntas: porque te dieron golpes, Respuestas: no algo malo, hice un mal gesto, bueno le di la comida alguno de ellos de malas ganas, preguntas: cual fue tu participación con Ali, Respuestas: ellos nos pusieron para darles golpes, preguntas: porque no te fugaste, Respuestas: porque yo no tengo nada que ver en lo que paso, es todo. Seguidamente se impone al tercero de los imputados como: OMISSIS, quien expuso: bueno esas gente tenían amenazado a uno los cuatros principales, que son Moisés, Diego, y Dilan y Jorgito, ellos cuatros, que si uno no hacían aquello lo que ellos mandaban le daban golpes a uno bueno entonces, ellos decían que no querían que hubiera gente Gay sino puro malandro, bueno entonces, Ali Samuel hacia gestos de Gay, uno si le dimos pero obligado, un dia lo vi que hizo gestos de gay, estaba un día en la ducha pidiendo machete, uno si le dimos pero obligado golpes, porque si uno no le daba ellos le daba a uno, tenían unas pullas que la tenían los principales, uno agarramos como las once empezamos a darles goles a Ali Samuel después los principales lo mando a duchar, uno le dimos un ratico, y los otros le dieron los demás uno le dimos como 20 minutos, luego Ali Samuel lo mandaron a duchar los principales, después en la ducha se callo en la ducha pero ahí quedo tendido y en la ducha entro los principales y le daban golpes en la ducha hasta que cayo muerto, y a los maestros los precisaron los amarraron, y de ahí se fugaron, es todo. Seguidamente la fiscal toma la palabra para hacer las siguientes preguntas: preguntas: cuantas veces te golpearon a ti, Respuestas: como dos veces, preguntas: porque que hiciste tu, Respuestas: por una broma que ice ahí una mala respuesto que le di a uno de ello, al principal a Moisés, Ahí fue, preguntas: cuantas veces golpearon Ali, Respuestas: ya lo habían golpeaban otras ves, preguntas: cuantas veces, Respuestas: dos veces, preguntas: ustedes también participaron, Respuestas: la única vez cuando le dimos fue el día que murió, preguntas: como los tenían sometidos a ustedes, Respuestas: nosotros teníamos que hacer lo que ello decían, preguntas: ese cadena de mando ya venia de cumana o aquí fue que se formo, Respuestas: ya venían de cumana, preguntas: ustedes estaban todos los de ese lote, estaban en cumana, en la misma celda, Respuestas: no estábamos aparte, preguntas: quienes estaban en las celdas, Respuestas: dos juntos y estaban dos juntos mas, y en otra estaban dos y yo estaba con el compañero ahí con Simón, preguntas: porque no le manifestaron alo directores lo que acontecían en la celda, Respuestas: porque si uno le decía eran peligroso para uno, preguntas: porque ustedes no le dijeron nada a la directora de lo que estaba aconteciendo en el centro, Respuestas: si uno le decía ellos le caían a golpes, preguntas: como Moisés se enteraba si le decían algo a la directora sobre los golpes, Respuestas: porque lo escribían en el libro los maestros y se lo decían a el preguntas: la directora sabia que estaba un jefe alli en esa celda, Respuestas: si porque ella le habían dicho que estaban dos pullas allí y ella saco a moisés, para hablar con él y entregara las dos pullas. es todo. Seguidamente la defensa pública toma la palabras para hacer las siguientes preguntas: preguntas: que hacia tu en ese momento, Respuestas: a nosotros cuatro nos habían amarrado Alejandro, Anthony, Simón y a mi, preguntas: quienes los amarraron, Respuestas: los otros lo que estaban allí, preguntas: cual fue tu participación Respuestas: mi participación fue darle golpes Ali, preguntas: cuantos golpes, Respuestas: le di un ratico como 15 golpes, preguntas: usted estaban consumiendo droga, Respuestas: no consumimos, preguntas: quienes tenían las armas, los principies preguntas: porque ustedes no pidieron ayuda, Respuestas: porque ya era muy tarde, es todo. Seguidamente se impone al cuarto de los imputados como y OMISSIS , quien expuso: ese día cuando uno estaba sentado en la cuarto de uno los principales, Moisés, Diego Dilan y Jorge, ellos habían visto Ali Samuel que había hecho un gesto de homosexual y después corrió la tarde y esperaron la noche, cuando era como las ocho de la noche fue cuando cantaron la luz, eso es cuando los principales se reúnen con nosotros y allí fue cuando le dijeron todos los gestos que habían hecho, y el decía (ALI) que si los ice pero no soy Gay, y allí le dijeron que los iban a escoñetar y a joder, a los principales decían que le diéramos toditos, le dimos patadas todos, cuando le dejaron que se fueron a bañar, le dimos menos de media hora, y el se quedo sentado donde le habían hecho eso, lo lanzaron hacia arriba lo tiraban como cuatro y cinco veces, lo dejaban caer en una colchón, luego de la golpiza lo mandaron a bañar, el se quedo sentado ya estaba débil, le di como 20 golpes, después el se fue a bañar se cayo después cuando se cayo los principales lo pararon y no se podía parar Ali, y ahí se cayo como dos veces mas, cuando no se podía levantar mas comenzaron a darles tovaso y se lo partieron en la cabeza, de allí fue un rato, y quedo tirado, no estaba muerto , es todo. Seguidamente la fiscal toma la palabra para hacer las siguientes preguntas: preguntas: quienes son los principales, Respuestas: Moisés, Dilan, Diego y Jorge, preguntas: cuantos golpes le distes tu a Ali, Respuestas: como 20 golpes, preguntas: porque le dieron golpes, Respuestas: porque estaba haciendo gestos de homosexual, preguntas: porque ustedes no le dijeron nada a la directora de lo que estaba aconteciendo en el centro, Respuestas: los maestros le dijeron ala directora que los golpeaban y ella sabia que había un principal que se llama Moisés y se reunió con Moisés y le entrego dos pullas a la directora y el se quedo con tres pero la directora no sabia, preguntas: como Moisés se enteraba si le decían algo a la directora sobre los golpes, Respuestas: la verdad no se pero siempre se enteraba y por eso nos daba miedo decir algo porque nos amenazan que nos iban a golpear, preguntas: la directora tenia conocimiento que los tenían sometido, Respuestas: no se decirle, preguntas: los conteo los hacen diarios, Respuestas: ellos los cuentan así estén dormidos, Es todo, (Se deja constancia que la defensa pública no realizo ninguna preguntas).


Acto seguido se le otorgó nuevamente la palabra a la Representación Fiscal, quien expuso: Escuchado como ha sido la declaración de los adolescente, y de la revisión de las actas que conforman la presente causa solicito a este respetuoso tribunal que los mismos se encuentren en el centro socio educativo Dr. Agustín Ortiz Rodríguez, a la orden de este tribunal, se observa claramente que en las mismas hay suficientes elementos de convicción, para presumir la participación del imputado en los delitos que hoy se les imputa en este acto, como lo es el delito de, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE COOPERADORES INMEDIATOS , previsto y sancionado en el articulo 406 en relación con el 86 del código penal, en perjuicio de ALI SAMUEL MENESES MARTINEZ, y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 286 del Código penal, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, es por lo que solicito a este Tribunal se decrete la medida detención preventiva de los adolescentes OMISSIS (Varios), en virtud de lo previsto en el articulo 628 parágrafo segundo literal A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Solicito se decrete la Flagrancia de conformidad con lo establecido en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Se continúe el procedimiento por la via ordinaria de conformidad y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Asimismo vista que este asunto tiene relación con el asunto RP11D2018000038, solicito se acumule a los fines de ley, Es todo.

DE LA DEFENSA PUBLICA:

Posteriormente se le otorga la palabra a la Defensa Publica Abg. Mileine Guacuto ., quien expuso: esta defensa publica en representación de la defensa publica, solicito se le conceda a los adolescente una medida cautelar sustitutiva de libertad una menos gravosa de las establecidas en la ley especial, es por ello que mis defendidos no se darán a ala fuga, ni obstaculizar la búsqueda de la verdad ni obstaculizar el proceso tienen plenamente identificada la dirección en actas, es todo. Acto seguido toma la palabra la Ciudadana Juez y expone: Revisada las actuaciones que motivan la solicitud del Ministerio Público de detención preventiva de Libertad y a la cual se opone la Defensa Publica quien solicita Libertad sin restricciones o en su defecto una medida cautelar sustitutiva de libertad, esta Juzgadora procede a emitir su decisión en los siguientes términos: De la revisión de las actas procesales que conforman el presente asunto, se desprende que ciertamente estamos en presencia de la presunta comisión de un hecho punible, como lo son los delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE COOPERADORES INMEDIATOS , previsto y sancionado en el articulo 406 en relación con el 86 del código penal, en perjuicio de ALI SAMUEL MENESES MARTINEZ, y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 286 del Código penal, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, toda vez que los hechos ocurrieron en fecha 27/02/2018, existiendo a criterio de quien aquí decide, suficientes elementos de convicción para estimar que los adolescentes OMISSIS (Varios), son presuntos autores o participes del delito atribuido por la Representante del Ministerio Público, a saber: TRANSCRIPCION DE NOVEDAD, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 01, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 27-02-2018, cursante a los folio 02,03, 04, 05 y sus vueltos, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano en la cual dejan constancia vista y leída la trascripción de novedad se constituyo comisión hasta las instalaciones del SAPINAES, con la finalidad de realizar todas las diligencias urgentes y necesarias…. Una vez en el lugar fuimos recibidos por la comisión del IAPES, quien nos manifestó que siendo aproximadamente las 03:40 horas de la mañana del día en curso recibieron llamada radiofónica del funcionario de guardia de la institución informando que en le referido reten se habían fugado 10 detenidos, asimismo indicando que los evadidos le habían causado la muerte a un detenido, quien se encontraba en el interior de una celda… asimismo dejan constancia de las demas diligencias realizadas en el procedimiento. INSPECCION N° 0051, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 06 SU VTO Y 07, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano, en la cual dejan constancia que el lugar donde sucedieron los hechos se trata de un sitio de suceso CERRADO. MONTAJES FOTOGRAFICOS, cursante a los folios 08 al 16. INSPECCION N° 0052, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 17 y su vuelto, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano en la cual dejan constancia de la inspección realizada en la morgue del hospital de esta ciudad al cadáver. MONTAJES FOTOGRAFICOS, cursante a los folio 18 al 21. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 29 su vuelto y 30, rendida por el ciudadano JOSE ROJAS, ante funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 31 su vuelto y 32 Y vto, rendida por el ciudadano HOWARD REYES, ante funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 33 su vuelto y 34, rendida por el ciudadano EFARIN GONZALEZ, ante funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 35 y su vuelto, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano en la cual dejan constancias de las diligencias practicadas en el centro SAPINAES. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 36 su vuelto y 37, rendida por el adolescente ALEJANDRO JOSE SANCHEZ GALUEZ, ante funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 38 su vuelto y 39, rendida por el adolescente YORKIS ALEJANDRO MALAVE HERNANDEZ, ante funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 40 su vuelto y 41, rendida por el adolescente ANTHONY JOSE LUCAS SANABRIA, ante funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 42 su vuelto y 43, rendida por el adolescente SIMON ANTONIO RONDON SALAZAR, ante funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 44 y su vuelto, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. AUTOPSIA N° 024, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 42, suscrita por la Dra. Anselma Rodríguez. ACTA DE INVESTIGACION PENAL , de fecha 27-02-2018, cursante al folio 46 y su vuelto, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. ACTA DE INVESTIGACION PENAL , de fecha 27-02-2018, cursante al folio 47, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. ACTA DE INVESTIGACION PENAL , de fecha 27-02-2018, cursante al folio 49 y su vuelto, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. ACTA DE INVESTIGACION PENAL , de fecha 28-02-2018, cursante al folio 53 y su vuelto, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub delegación Carúpano. ACTA DE PORCEDIMIENTO POLICIAL, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 56, suscrita por funcionarios adscritos al centro de Coordinación Policial Gral. José Francisco Bermúdez. ACTA DE PORCEDIMIENTO POLICIAL, de fecha 27-02-2018, cursante al folio 57, suscrita por funcionarios adscritos al centro de Coordinación Policial Gral. José Francisco Bermúdez (….).

PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL:

Ahora bien visto que los delitos precalificados por el ministerio publico, se encuentra previsto en el artículo 628 Parágrafo Segundo, Literal “A” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, asimismo visto el contenido del articulo 539 ejusdem, es por lo que, considera quien aquí decide que lo conducente y procedente en el caso que nos ocupa, es decretar LA DETENCION PREVENTIVA, en contra del imputado de auto, tal y como lo solicitara el ministerio publico, Se decreta la flagrancia de conformidad con lo establecido en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes y se ordena se continúe el procedimiento por la via del procedimiento ordinario, de conformidad con lo previsto en el articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Y así se decide.


DISPOSITIVA:

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal PRIMERO de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECRETA DETENCION PREVENTIVA contra de los adolescentes OMISSIS (Varios), por estar presuntamente incursos en la comisión del delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE COOPERADORES INMEDIATOS , previsto y sancionado en el articulo 406 en relación con el 86 del código penal, en perjuicio de ALI SAMUEL MENESES MARTINEZ, y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 286 del Código penal, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 628 Parágrafo Segundo, Literal “A” en relación con el articulo 539 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se Niega La Libertad Sin Restricciones Y La Medida Cautelar Sustitutiva De Libertad solicitada por la Defensa privada. En tal sentido se ordena librar oficio con respecto a los adolescentes OMISSIS (Varios), mantener en el Centro Socio Educativo Doctor Agustin Ortiz, informando que los adolescente de autos permanecerán recluidos en esa institución donde deberá permanecer privado de libertad. Se decreta la flagrancia de conformidad con el articulo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se ordena se continúe por la vía del procedimiento ordinario de acuerdo al articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Especial. Se acuerdan las copias simples solicitadas por las partes y se insta a las mismas a obtener, la reproducción fotostática correspondiente.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. ELLUZ MARINA FARIAS
EL SECRETARIO JUDICIAL DE SALA
ABG. DAVID HERNANDEZ