República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre




Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre

S E N T E N C I A I N T E R L O C U T O R I A


DEMANDANTES: SANTIAGO FELIPE PIETRINI SILVA, GISELA COROMOTO PIETRINI BLOHM, MARISOL PIETRINI DE SALAYA, VICTOR MANUEL RAFAEL PIETRINI BLOHM, OLGA BEATRIZ CARMEN PIETRINI BLOHM y NELSON LUIS PIETRINI BLOHM.
DEMANDADO: TOMASSO GIUSTI RUTIGLIANO.
PRETENSIÓN: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
FECHA: 15 DE JUNIO DE 2018.
EXPEDIENTE: N° 10-5280.

En fecha veintisiete (27) de mayo del año dos mil diez (2010), se admitió demanda en contra de TOMASSO GIUSTI RUTIGLIANO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-10.468.302, incoada por SANTIAGO FELIPE PIETRINI SILVA, GISELA COROMOTO PIETRINI BLOHM, MARISOL PIETRINI DE SALAYA, VICTOR MANUEL RAFAEL PIETRINI BLOHM, OLGA BEATRIZ CARMEN PIETRINI BLOHM y NELSON LUIS PIETRINI BLOHM, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nros V-507.039, V-4.186.200, V-4.186.858, V-5.087.415, V-8.428.838 y V-9.973.868, respectivamente, representados por la profesional del derecho EUCARIS MARQUEZ BARRETO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 56.108.

La pretensión es:
La Resolución del Contrato de Arrendamiento, y en consecuencia la entrega del inmueble constituido por una casa-quinta y el terreno enclavada, ubicado en la avenida 27 de abril de la urbanización San Luis, Parroquia Ayacucho, Cumaná, Municipio Sucre, Estado Sucre y la cancelación de los canos de arrendamiento.

Consta en el expediente, que desde el día dieciocho (18) de mayo del año dos mil doce (2012), al de publicación de esta sentencia, Catorce (14) de junio de dos mil dieciocho (2018), ha transcurrido más de un año sin que las partes hubieren ejecutado algún acto en el procedimiento, por lo que ha operado la perención de la instancia, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención”.

Por cuanto, está plenamente probado en autos, que en la presente causa operó la perención de la instancia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio por la pretensión de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesto por SANTIAGO FELIPE PIETRINI SILVA, GISELA COROMOTO PIETRINI BLOHM, MARISOL PIETRINI DE SALAYA, VICTOR MANUEL RAFAEL PIETRINI BLOHM, OLGA BEATRIZ CARMEN PIETRINI BLOHM y NELSON LUIS PIETRINI BLOHM, contra TOMASSO GIUSTI RUTIGLIANO.

Regístrese, publíquese inclusive en la página Web del Tribunal y déjese copia certificada.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. En Cumaná, a los quince (15) días del mes de junio de dos mil dieciocho (2018). Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
EL JUEZ TEMPORAL

FRANCISCO JOSE TOVAR

LA SECRETARIA TEMPORAL

GIOVANNA CARVAJAL
NOTA: Dando cumplimiento a las formalidades de Ley, y siendo las diez y quince minutos de la tarde (10:15 a.m.), se publicó la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

GIOVANNA CARVAJAL.

FJT/GC/ef.-
EXP. Nº 10-5280.-