JUZGADO SUPERIOR ESTADAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Cumaná, 07 de Junio del año 2018
208º y 159º
Visto el escrito presentado en fecha 28 de Junio de 2018, por el ciudadano Dirson Enrique García Jiménez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.596.998, Asistido por los Abogados Reimundo Mejias La Rosa y Frank Velásquez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 116.029 y 281.920, respectivamente, mediante el cual promueve pruebas, este Tribunal, siendo la oportunidad procesal correspondiente para la admisibilidad de las mismas, pasa a hacerlo de la manera siguiente:
DE LAS DOCUMENTALES O INSTRUMENTALES
Con relación a las documentales promovidas en el Capitulo I, del escrito in comento, numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, las cuales constan en actas, este Tribunal las admite en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente. Así se decide.
Ahora bien, en relación al Numeral 5, del escrito de pruebas, referente al acta de entrevista del ciudadano Mauricio Cortez, el cual no consta en acta, este Tribunal solicita que la misma sea consignada en el respectivo lapso de evacuación.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Cumaná, a los Siete (07) días del mes de Junio del Dos Mil Dieciocho (2018). Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
La Jueza Temporal,
Maria Nela Vargas Salazar.
El Secretario,
Fernand J. Serrano R.
En esta misma fecha siendo las 10:12 a.m., se registró y publicó la anterior decisión. Conste.
El Secretario,
Fernand J. Serrano R.
Exp RP41-G-2018-000002
MNVS/AH/mjr
L.S. Jueza Temporal (fdo) Maria Nela Vargas. El Secretario (fdo) Fernand J. Serrano R., Publicada en su fecha 07 de junio de 2018, a las 10:12 a.m. El Secretario (fdo) Fernand J. Serrano R., El suscrito Secretario del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, certifica mandato judicial, en Cumaná, a los siete (07) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018) Años que la presente copia es un traslado fiel y exacto de su original y se expide por 208° y 159°.
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