REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO.-


EXPEDIENTE N° 4035-18
SOLICTANTE: ROSELYS DEL CARMEN GIL MUNDARAIN
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (DESISTIDO)


Vista la diligencia de fecha Siete (07) de Junio del año 2.018, presentada por la ciudadana ROSELLYS DEL CARMEN GIL MUNDARAIN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.257.970, domiciliada en Guaraúnos, Municipio Benítez, del Estado Sucre, asistida por el abogado PEDRO DEL VALLE MOSQUEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.584, mediante la cual desiste de la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, cursante en el presente Expediente; por cuanto ya fue tramitada una anterior solicitud en fecha 02 de Mayo de 2018, incoada a través de la Defensa Pública de esta Extensión Judicial.-

. En consecuencia este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Desistimiento suscrito por la mencionada ciudadana, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Procédase al cierre de la causa y al archivo del expediente.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los Ocho (08) días del mes de Junio del Dos Mil Dieciocho.-


ABG. JAVIER MUÑOZ GARCIA,
EL JUEZ,

ABG. DIOMAR RIVAS MAZA
EL SECRETARIO


En esta misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las 11:00 de la mañana, y se dejo copia certificada en el archivo del Tribunal.-



ABG. DIOMAR RIVAS MAZA
EL SECRETARIO






EXP: N° 4035-18
JMG/DRMM/glm.-