REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

Carúpano, 6 de Junio de 2018
208º y 159º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-000468
ASUNTO: RP11-P-2011-000468

Visto el escrito presentado por El Abg. Edgar Alexander Brito en su carácter de Defensor Público Penal, a cargo de la defensa del ciudadano Ramón António Aguilar Díaz, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.337.841, mediante el cual informa a este despacho, que hasta la actualidad sigue Vigente en el Sistema Integrado de Información Policial,(SIIPOL), la orden de captura contra el referido ciudadano librada mediante oficio Nº RJ11OFO2011001547, por lo que solicita se deje sin efecto la misma y se expida copias del auto que resuelva la presente solicitud y del auto que decretó la extinción de la pena; Este Tribunal pasa a resolver en los siguientes términos:

El ciudadano Ramón Antonio Aguilar Díaz, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 02-06-1980, casado, albañil, titular de la cedula de identidad N° V- 16.337.841, hijo de Toribio Aguilar y Elvan Díaz, residenciado en la Avenida 31 de Julio, Sector Brisas de Guatamare, casa Nº 92, La Asunción, Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta y Chaguarama de Sotillo, Sector El Castañal, casa S/N, cerca de la playa, Municipio Arismendi del Estado Sucre, fue condenado a cumplir la pena de Tres (3) Años, Un (1) Mes y Diez (10) Días de Prisión, mas las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de Aprovechamiento de Cosas Provenientes Del Hurto y Robo, previsto y sancionado en el Artículo 09 del de la ley contra el Robo y Hurto de Vehículo Automotor, en perjuicio de la ciudadana Mariela Antonia La Rosa De Cedeño, Ocultamiento De Municiones, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal en relación con el artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos y Resistencia A La Autoridad. Así mismo se evidencia que al inicio de la tramitación de la presente causa, mediante oficio RJ11OFO2011001547, de fecha 18 de Febrero del 2011, dirigido al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas sub delegación Estadal Carúpano, el Tribunal Primero de Control ordenó la aprehensión del aludido ciudadano; orden de aprehensión que fue materializada en su oportunidad, siguiéndose el proceso respectivo, hasta el estado de dictarse sentencia condenatoria, ejecutarse la misma y decretarse a favor del mismo la suspensión Condicional de la ejecución de la Pena;, hasta que por auto de fecha 08 de Agosto del 2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal , este tribunal Decretó la EXTINCIÓN de la Pena de Tres (3) Años, Un (1) Mes y Diez (10) Días de Prisión, mas las accesorias de Ley, que le fuera impuesta por la comisión de los delitos de Aprovechamiento de Cosas Provenientes Del Hurto y Robo, previsto y sancionado en el Artículo 09 del de la ley contra el Robo y Hurto de Vehículo Automotor, en perjuicio de la ciudadana Mariela Antonia La Rosa De Cedeño, Ocultamiento De Municiones, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal en relación con el artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos y Resistencia A La Autoridad, razón por la cual este Tribunal Primero de Ejecución , acuerda dejar sin efectos la orden de aprehensión librada en contra suya mediante oficio Nº RJ11OFO2011001547, de fecha 18 de Febrero del 2011, dirigido al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas sub delegación Estadal Carúpano, por el Tribunal Cuarto de Control , ya que una detención del mismo en base a estas constituiría una flagrante violación de su derecho a la libertad por contravención de la garantía constitucional consagrada en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Ordenándose igualmente la inmediata desincorporación del sistema SIIPOL del registro o requerimiento respectivo. Oficiese a la Sub-Delegación Carúpano del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas , sub delegación Estadal Carúpano y al SIIPOL solicitando la desincorporación del sistema de la orden de aprehensión respectiva. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución.
Abg. Luís Mariano Marsellla Hernández.

La Secretaria Judicial.
Abg. Patricia Rasse Boada.