CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 5 de Junio de 2018
208º y 159º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2013-001416
ASUNTO: RP11-P-2013-001416
Por cuanto de la revisión de la presente causa seguida contra Romer Alexander Villalba Ramos, venezolano, Mayor de edad, nacido en fecha 20-10-1990, Soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 25.366.790, hijo de Domingo Luís Villalba y Maria Ramos y residenciado en: el sector las Malvinas, Calle Principal, Casa S/N, en la cerca de la bodega de Alpidio, Guiria, Municipio Valdez del estado Sucre, quien se encuentra cumpliendo la pena de Seis (6) Años y Ocho (8) Meses de Prisión, mas las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de Violencia Sexual, previsto y sancionado en el artículo 43 de la ley orgánica sobre el Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de una ciudadana cuyo nombre de omite en resguardo de su pudor, se evidencia que conforme a lo establecido en el auto de actualización de cómputo por redención judicial de pena, de fecha 18 de Octubre del 2016, se determinó que el mismo para la aludida fecha , tenía una pena cumplida de Cinco,(5), años, Un,(1), mes, Dos,(2), días y Doce,(12), horas, que sumados al lapso de Un,(1), año, Siete,(7), meses y Diecisiete,(17), días transcurridos desde entonces, hacen un total de pena Legalmente cumplida de Seis,(6), años, Ocho,(8), Meses, Seis (6) Años y Ocho (8) Meses de Prisión que se encontraba cumpliendo el penado; siendo lo procedente en el presente acto, decretar, como en efecto se decreta, de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal , la Extinción de la pena impuesta y la subsecuente Libertad inmediata del Penado y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, DECRETA, la EXTINCIÓN de la Pena de Seis (6) Años y Ocho (8) Meses de Prisión, que se encontraba cumpliendo el penado Romer Alexander Villalba Ramos, venezolano, Mayor de edad, nacido en fecha 20-10-1990, Soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 25.366.790, hijo de Domingo Luís Villalba y Maria Ramos y residenciado en: el sector las Malvinas, Calle Principal, Casa S/N, en la cerca de la bodega de Alpidio, Guiria, Municipio Valdez del estado Sucre, por la comisión del delito de Violencia Sexual, previsto y sancionado en el artículo 43 de la ley orgánica sobre el Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de una ciudadana cuyo nombre de omite en resguardo de su pudor.
Líbrese Boleta de Libertad y mediante oficio remítase a la dirección del Internado Judicial de esta Ciudad junto a copia certificada del presente auto. Notifíquese a la defensa y al Fiscal Primero de de Ejecución de sentencias del Estado Sucre. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución.
Abg. Luís Mariano Marsella.
La Secretaria.
Abg. Zuleyca Del Valle Lugo.
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