REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
El Pilar: 20 de julio de 2018
207° y 158°

Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO suscrita por la ciudadana ANTONIA JOSEFINA TORRES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V- 5.231.743, domiciliada en la calle principal de la Pica de El Pilar, Parroquia El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio LUISA DEL VALLE MARTINEZ SALAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº 5.874.964 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 190.227, así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos VALENTIN JESUS MARTINEZ MARTINEZ y JESENIA JOSEFINA CORDERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 17.781.727 y V- 16.257.453, respectivamente. En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO, la ciudadana arriba suficientemente identificada, solicita a este DESPACHO JUDICIAL, se sirva declarar una casa construida a sus únicas expensas y con dinero de su propio peculio, con las siguientes especificaciones y características: cinco (05) habitaciones, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, un (01) baño, un (01) porche, piso de cemento pulido, paredes de bloque de concreto friso rustico, techo e zinc y platabanda, puertas y ventanas de hierro y un (01) patio en la parte trasera de la casa. Dicha casa esta ubicada en la calle principal del sector Las Viviendas de Santa Tecla, parroquia El Pilar, municipio Benítez del estado Sucre. Alinderada de la siguiente manera: NORTE: con casa de Mario Rojas, (con una medida de 44,97 Mts), SUR: con casa de Sucesión Rojas, (con una medida de 40,33 Mts) ESTE: con terreno de Juana Carmen Rivas, (con una medida de 14,20 Mts) y OESTE: con la referida calle principal del sector Las Viviendas (con una medida 11,28 Mts), en un área total que mide QUINIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS (542,30 Mts2) y con área de construcción que mide OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS (88,56 Mts2). Tal como se evidencia en constancia numero ZNC. 19.04.01=36 emanada de la dirección de ingeniería de la alcaldía del municipio Benítez, estado Sucre, de fecha 09 de julio del 2018. El terreno donde se realizó la construcción de la mencionada casa, es propiedad del Instituto Nacional de Tierra (INTI). La referida bienhechuria esta valorada por la cantidad de TRESCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 300.000.000,oo). Ahora bien por cuanto los mencionados testigos, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a la solicitante, ciudadana ANTONIA JOSEFINA TORRES, supra identificada sus derechos de propiedad que tiene sobre las bienhechurias, antes descrita. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Déjese copia certificada. CUMPLASE.-
El Juez Provisorio;

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Abg. Félix Benítez Pérez La Secretaria Temporal;

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Abg. Lourdes Brito

NOTA: En esta misma fecha (20/07/2018), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.

La Secretaria Temporal;

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Abg. Lourdes Brito




Solic. N° 63-18.