República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
S E N T E N C I A I N T E R L O C U T O R I A
DEMANDANTE: KARLA ISOLINA CASTRO DE NORIEGA.
DEMANDADO: JUNTA DE CONDOMINIO DE LA TORRE “A” DEL CONJUNTO RESIDENCIAL TERRAZAS CUMANESAS.
PRETENSIÓN: COBRO DE COSTAS PROCESALES.
FECHA: 13 DE JULIO DE 2018.
EXPEDIENTE: N°14-5848.
En fecha veintiocho (28) de marzo del año dos mil catorce (2014), se admitió demanda en contra de la JUNTA DE CONDOMINIO DE LA TORRE “A” DEL CONJUNTO RESIDENCIAL TERRAZAS CUMANESAS, debidamente registrada por ante la Oficina Subalterna (hoy, registro Público) del Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha, veintiocho (28) de noviembre del año mil novecientos ochenta (1980), bajo el Nº 96, folios 209 al 242; Protocolo Primero; tomo 3 de los libros llevados por ante ese despacho, representada en la persona jurídica de su administrador externo “FIGUEROA y ASOCIADOS ADMINISTRADORA PROMOTORA DE BIENES RAICES, C. A”., R.I.F NºJ-31517302-6, representada a su vez en la persona del Dr. VICTOR LUIS FIGUEROA GARCIA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-5.086.278, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.037, incoada por la ciudadana KARLA ISOLINA CASTRO DE NORIEGA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-10.579.629, actuando en su propio nombre y representación, asistida por el profesional del derecho CARLOS VELASQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 30.871.
La pretensión es:
La cancelación de:
Primero: El Pago de SESENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F.65.000,00) por concepto de costas procesales.
Segundo: Reclamo la pérdida del valor de lo reclamado, por causa de inflamación (indexación), se aplique Experticia Complementaria.
Tercero: Las Costas y costos del proceso.
Consta en el expediente, que desde el día primero (01) de octubre del año dos mil quince (2015), al de publicación de esta sentencia, Trece (13) de julio de dos mil dieciocho (2018), ha transcurrido más de un (1) año sin que las partes hubieren ejecutado algún acto en el procedimiento, por lo que ha operado la perención de la instancia, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención”.
Por cuanto, está plenamente probado en autos, que en la presente causa operó la perención de la instancia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio por la pretensión de COBRO DE COSTAS PROCESALES, incoada por KARLA ISOLINA CASTRO DE NORIEGA, contra JUNTA DE CONDOMINIO DE LA TORRE “A” DEL CONJUNTO RESIDENCIAL TERRAZAS CUMANESAS.
Regístrese, publíquese inclusive en la página Web del Tribunal y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. En Cumaná, a los Trece (13) días del mes de Julio de dos mil dieciocho (2018). Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
EL JUEZ TEMPORAL,
FRANCISCO JOSE TOVAR.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
GIOVANNA CARVAJAL. NOTA: Dando cumplimiento a las formalidades de Ley, y siendo las diez y diez de la mañana (10:10 a.m.), se publicó la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
GIOVANNA CARVAJAL
FJT/GC/ef.-
EXP. N°14-5848.
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