REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Cumaná- Estado Sucre
Cumaná, dos de julio de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: RP31-L-2017-000310

SENTENCIA


PARTE ACTORA: JOSE RAFAEL LEON, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 13.395.978.
PARTES DEMANDADA: CENTRAL AZUCARERO SUCRE, C.A.
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO

Vista la diligencia presentada por el ciudadano JOSE RAFAEL LEON, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 13.395.978; debidamente asistido por la Abogada en ejercicio YSOLINA RIVERO, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 132.771, mediante la cual DESISTE del procedimiento incoado en contra de CENTRAL AZUCARERO SUCRE, C.A., este Tribunal Tercero de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo de conformidad con lo establecido en el articulo 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente desistimiento y declara terminado el presente procedimiento intentado contra CENTRAL AZUCARERO SUCRE, C.A.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión.
LA JUEZA



Abg. MARIA DE LOS ANGELES MAZA EL SECRETARIO