REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 17 de Julio de 2018
208° y 159°
Exp. N° 17.592.-
DEMANDANTE: JORGE ADOLFO GALLARDO CAMPOS, titular de la Cédula de Identidad N° 4.299.809
APODERADO: No Constituyo.
DOMICILIO PROCESAL: San José de Areocuar, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre.
DEMANDADOS: JORVELYS KARINA GALLARDO SANDOVAL Y JORGE JOSE GALLARDO SANDOVAL, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 16.841.065 y 18.590.110, respectivamente.
APODERADO: JOSE PATRICIO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 191.218.
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYÓ.
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas que por decisión fecha 24 de Mayo de 2018, este Tribunal, declaró sin lugar la presente demanda, sin que las partes ejercieran recurso alguno dentro de su oportunidad legal correspondiente, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y en consecuencia ordena el archivo del expediente.- Así se decide.-
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de Malavé.-
Abg. Francis Vargas Campos.-
Exp. N° 17.592.-
SGDM/Fvc/ecm.-
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