JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
San José de Areocuar, 08 de febrero de 2018
207º y 158º
EXPEDIENTE N° 013-2018
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
SOLICITANTE: GABRIELIS MARIA GIL MARIN
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
Vista la solicitud con sus recaudos proveniente del Juzgado Distribuidor Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, presentada por la ciudadana GRABIELIS MARIA GIL MARIN, venezolanos, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.592.461, domiciliados en jurisdicción del Municipio Bermúdez del estado Sucre, asistido en este acto por el ciudadano JESUS LUIS DIAZ , abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.737, domiciliado en Carúpano del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un terreno de propiedad municipal, constituido por un (01) local comercial, ubicado en la avenida Don Rómulo Gallego, cruce con calle Panamá, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, con una extensión de DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS (253,68 mts2),con un área de construcción de OCHENTA Y SIETE METROS CON SEIS CENTIMETROS (87,06 mts2), que cuenta con las siguientes características: paredes de bloques de cemento frisadas y grafiadas, vigas de concreto, piso de cerámica y rustico, techo de platabanda ,escalera de cemento revestida de cerámica, conformado por dos (02) plantas, distribuidas de la siguiente forma: Planta baja: constituida por tres (03) baños, dos (02) cubículos destinados para oficinas, una (01) puerta de hierro, puertas y ventanas de aluminio y vidrios, un (01) depósito con su respectiva puerta de seguridad, una (01) pared divisoria de bloques y vidrio, acometidas de aguas blancas y servidas e instalaciones eléctricas; Segunda planta: en construcción conformada por paredes perimetral de bloques de arcilla frisadas y columna; el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: su frente con avenida Don Rómulo Gallego con una medida de ocho metros con diecisiete centímetros (08,17 mts) , SUR: Su fondo con casa que es o fue de la ciudadana Orquídea de Brizuela con una medida de ocho metros con diecisiete centímetros (08,17 mts), ESTE: con casa que es o fue de Amalio Hernández con una medida de treinta metros con cincuenta y cinco centímetros (30,55 mts) y Oeste: con casa que es o fue de la ciudadana Orquídea de Brizuela con una medida de treinta metros con cincuenta y cinco centímetros (30,55 mts),según Expediente Catastral N° 19-05-03-04-01-18 El costo aproximado de la bienhechuría asciende a la cantidad de QUINIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs.500.000.00000).Y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: PATRICIA DEL VALLE MATA DE MARTINEZ y EMILIO JOSE MEDINA GRANADO, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-11.438.099 y V-12.739.161 respectivamente, todos domiciliados en jurisdicción del Municipio Bermúdez del estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de la ciudadana GABRIELIS MARIA GIL MARIN, sobre la bienhechuría en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar a los ocho días del mes de febrero de dos mil dieciocho. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,
Abg. Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,
T. S. U. Zoraima Vargas.
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
T. S. U. Zoraima M. Vargas.
Solic. Nº 013 -2018
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