REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
El Pilar: 20 de febrero de 2018
207° y 158°


Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO suscrita por la ciudadana CARMEN FIDELINA FARIAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V- 5.869.491, y de este domicilio, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio JUAN CARLOS HRNANDEZ CABRERA, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 168.077, así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos LUIS DELVALLE FONT RIVAS y CRUZ DE LOURDES LAREZ DE FONT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.957.854 y V- 9.453.551, respectivamente. En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO, la ciudadana arriba suficientemente identificada, solicita a este DESPACHO JUDICIAL, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su derecho de propiedad sobre un inmueble (casa), constante de cinco (05) dormitorios, un (01) baño, una (01) cocina, un (01) porche, cielo raso, rejas protectoras (hierro), tres (03) tanques, paredes de bloque frisado, techo de acerolit, piso de cerámica, ventanas de vidrio y aluminio y puertas de aluminio y madera, el cual se encuentra ubicado en la Calle 19 de Abril de El Pilar, parroquia El Pilar, municipio Benítez, enclavado en un lote de terreno municipal que mide 177,50 m2 y un área de construcción que mide 176,35m2. Alinderado por el NORTE: con fondo de casas de Genoveva Báez, Julio Marcano, Daisy Velásquez, Reina de Malavè, Romelia Jesús González, y Jesús Font. (62,74m); SUR: con casa que es o fue de Anicacio Contreras (59,28m); ESTE: con su fondo correspondientes que da con fondos de casas de Danny Farias y José Farias (17,00m) y OESTE: con su frente que es la referida calle 19 de Abril (28,68m). Quedando el inmueble con el número catastral, CAT Nº 19.04.01.01.07.37 de la DIRECCIÒN DE CATASTRO E INGENIERIA de la ALCALDIA del municipio Benítez RIF: G-20000905-5. Ahora bien por cuanto los mencionados testigos, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a la solicitante, ciudadana CARMEN FIDELINA FARIAS, supra identificada sus derechos de propiedad que tiene sobre el inmueble, antes descrito. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Déjese copia certificada. CUMPLASE.-
El Juez Provisorio;

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Abg. Félix Benítez Pérez La Secretaria Temporal

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Abg. Lourdes Brito

NOTA: En esta misma fecha (20/02/2018), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.
La Secretaria Temporal;

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Abg. Lourdes Brito








Solic. Nº 12-18