REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
El Pilar: 16 de febrero de 2018
207° y 158°


Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO suscrita por la ciudadana ZOLANGER JOSE GOMEZ DE ACOSTA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. V- 5.231.087, domiciliada en la comunidad de Tunapui, Parroquia Tunapui, municipio Libertador del estado Sucre, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio CARLOS CANDALLO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 14.717.025 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.475, así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos: TERESA EULALIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ y ELBA SENOVIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.451.008 y V- 22.922.277, respectivamente. En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO, la ciudadana arriba suficientemente identificada, solicita a este DESPACHO JUDICIAL, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su derecho de propiedad sobre una casa de su legitima propiedad, con las siguientes características: planta baja y primer piso. PLANTA BAJA: Posee tres (03) habitaciones, una (01) sala-comedor, una (01) cocina empotrada, un (01) lavadero, dos (02) salas de baño, (01) escalera que conduce al primer piso, paredes de bloques de concreto, piso de cerámica y techo de placa de concreto. PRIMER PISO: Posee dos (02) salas de baños, una (01) cocina, un (01) balcón, un (01) salón, piso de cerámica, paredes de bloques de arcilla, techo de placa de concreto y cuenta con servicios de agua potable, aguas servidas y luz eléctrica. Tiene un área total de construcción de 356,00 Mts2, aproximadamente y esta enclavada en un terreno de su propiedad, que tiene una extensión de 217 Mts2 y se encuentra alinderada de la manera siguiente: NORTE: Con calle Santa Lucia, con una medida de once metros (11,00 Mts.), SUR: Con casa que es o fue de la ciudadana Aída Brazon, con una medida de diecisiete metros (17,00 Mts.), ESTE: Con casa que es o fue del ciudadano Felipe Aguilera, con una medida de nueve metros (09,00 Mts) y OESTE: Con casa que es o fue del ciudadano Juan de Mata Rivas, con una medida de nueve metros (09,00 Mts.). El valor del inmueble es por la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000,oo). Ahora bien por cuanto las mencionadas testigos, supra identificadas, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a la solicitante, ciudadana ZOLANGER JOSE GOMEZ DE ACOSTA, supra identificada, sus derechos de propiedad que tiene sobre el inmueble, antes descrito. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Déjese copia certificada. CUMPLASE.-
El Juez Provisorio;

_____________________
Abg. Félix Benítez Pérez La Secretaria Temporal;

___________________
Abg. Lourdes Brito
NOTA: En esta misma fecha (16/02/2018), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.
La Secretaria Temporal;

__________________
Abg. Lourdes Brito










Solic. N° 09-18.