REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR y MEJÍA
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
DEMANDANTE: EUCARYS ANTONIETA SÀNCHEZ DE SANDOVAL
DEMANDADO: JIMMY JHOSELL SANDOVAL NAVARRO
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA (PERENCIÓN DE LA INSTANCIA)
EXPEDIENTE: Nº 075-2013
Se inicia el presente procedimiento incoado por la ciudadana EUCARYS ANTONIETA SÀNCHEZ DE SANDOVAL, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.574.822, domiciliada en el Sector Pericantar, cerca de la Plaza, Municipio Mejía del Estado Sucre, teléfono Nº 0424- 9102021, mediante la cual procedió a demandar al ciudadano JIMMY JHOSELL SANDOVAL NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.476.384 domiciliado en Maturín, Estado Monagas, y Trabaja en Traki, Ubicado, en el Centro Comercial la Cascada, en la Ciudad de Maturín del Estado Monagas, Nº de teléfonos (0424- 9302809) . FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
Alega la parte actora:
“Comparezco por ante este despacho a fin de solicitar se fije obligación de manutención a favor de mi hijo “Se omite el nombre del niño de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes”, de un (01) años de edad, ya que su padre el ciudadano JIMMY JHOSELL SANDOVAL NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.476.384, domiciliado en Maturín, Estado Monagas, y Trabaja en Traki, Ubicado, en el Centro Comercial la Cascada, en la Ciudad de Maturín del Estado Monagas, desde el mes de Agosto no me da nada para el niño , yo tenía la tarjeta de Alimentación y me la bloqueo y es por esto que solicito que se fije una Obligación acorde con la situación actual, de por lo menos Mil Quinientos Bolívares Mensuales o que me de Mil Bolívares más de Cesta Ticket, igualmente una Bonificación de fin de año , y Bono Vacacional, y que me ayude con los gastos médicos y las medicinas cuando se enferme..
Riela al folio Nº 04, auto de fecha veintisiete (27) de Noviembre de 2.013, mediante el cual se admitió la demanda ordenándose el emplazamiento del ciudadano, JIMMY JHOSELL SANDOVAL NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.476.384, domiciliado en Maturín, Estado Monagas, y Trabaja en Traki, Ubicado, en el Centro Comercial la Cascada, en la Ciudad de Maturín del Estado Monagas, para su comparecencia al tercer (3º) día de despacho siguiente a su citación a los fines de la contestación a la demanda; igualmente se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público en materia de familia, a los fines de que emita su opinión al respecto.
Ahora bien, revisadas las actuaciones cursantes en autos, se observa que en fecha dos (02) de Julio de dos mil catorce (2.014), se recibe oficio Nº 0301 del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Babará de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, constante de seis (06) folios útiles, devolviendo la comisión por falta de impulso procesal, del Juicio por Fijación de Obligación de Manutención, intentado por la ciudadana EUCARYS ANTONIETA SANCHEZ DE SANDOVAL, en contra del ciudadano JIMMY JHOSELL SANDOVAL NAVARRO.
Se observa de las actas procesales, no consta en autos actuación alguna impulsando la prosecución del proceso; establece la norma contenida en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su segundo aparte que “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…” (Omissis).
El artículo in comento establece la figura de la Perención, institución procesal en virtud de la cual opera la extinción de la instancia por la inactividad en el proceso durante el lapso de un año, contado a partir de la última actuación realizada por la parte actora tendiente a impulsar la causa.
Se evidencia del caso bajo estudio, que el día 02 de Julio de 2.014, fecha en que el Tribunal recibe la Comisión, hasta la presente fecha han transcurrido tres (03) años, siete (07) meses y cuatro (4) días, resulta pertinente, por ministerio de la norma antes transcrita, declarar la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y así se decide.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoado por la ciudadana EUCARYS ANTONIETA SÀNCHEZ DE SANDOVAL , Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.574.822, domiciliada en Pericantar, Municipio Bolívar, del estado Sucre, mediante la cual procedió a demandar al ciudadano JIMMY JHOSELL SANDOVAL NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.476.384, domiciliado en Maturín, Estado Monagas y Trabaja en Traki, Ubicado, en el Centro Comercial la Cascada, en la Ciudad de Maturín del Estado Monagas.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y déjese copia. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Marigüitar, a los seis (06) días del mes de Febrero del año 2018. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA (FDO),
Abg. BOMNY MARIA MUÑOZ RENGEL.
LA SECRETARIA TEMPORAL (FDO),
Abg. LUCIA MARCANO
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 12:30 de la tarde.
LA SECRETARIA TEMPORAL (FDO),
Abg. LUCIA MARCANO
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