REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES
Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01
Carúpano, 5 de Febrero de 2018
207º y 158º


ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2015-004710
ASUNTO: RP11-P-2015-004710


Celebrada como ha sido la Audiencia Oral para Verificar Cumplimiento de Condiciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a la ciudadana FRANCIS DEL CARMEN RODRIGUEZ LOZADA; por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES DEL TIPO PENAL BASICO, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal con la agravante del articulo 217 De La LOPNNA, en perjuicio de la adolescente K.M.R.V. (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA); este Tribunal cumplidas las formalidades legales, emite su pronunciamiento en los términos siguientes:

LOS ARGUMENTOS DE LA DEFENSA

Se le cedió el derecho de palabra a la Defensa Pública Abg. Dorys Malave, quien expuso: ‘’Solicito a este Tribunal que se de por terminado el expediente, por cuanto mi defendida dio cumplimiento a lo previsto por el Tribunal, es por lo que solicito se decrete el sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.” Es Todo.

EXPOSICIÓN FISCAL
El Tribunal cedió el derecho de palabra al Representante de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, Abg. Maralba Guevara, quien expuso: “revisado como ha sido el presente asunto solicito se sirva decretar el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con el articulo 300 numeral 3 en relación con el 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto se evidencia de la revisión que el tribunal hiciere al sistema juris 2000, que la imputada cumplió con las obligaciones impuesta por el Tribunal y, en consecuencia, se extinga la acción penal.” Es todo.

DECISION
En este acto, la Juez procedió a pronunciarse en los términos siguientes: Celebrada en el día de hoy, Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Condiciones impuestas con ocasión a la Suspensión Condicional del Proceso, decretada en Audiencia Preliminar, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES DEL TIPO PENAL BASICO, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal con la agravante del articulo 217 De La LOPNNA, en perjuicio de la adolescente K.M.R.V. (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA), debiendo cumplir la ciudadana FRANCIS DEL CARMEN RODRIGUEZ LOZADA, las siguientes condiciones por el plazo de tres (03) meses: PRIMERO: Abstenerse de acercarse a la victima por si o por terceras personas. SEGUNDO: presentaciones periódicas cada treinta (30) días por ante la Unidad De Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.; este Tribunal una vez escuchadas las peticiones de las partes observa que una vez verificado como fue el cumplimiento de dichas condiciones, mediante la revisión del sistema juris2000; es por lo que esta Juzgadora EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal, y en consecuencia DECRETA de conformidad con el artículo 300 ejusdem, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de la ciudadana FRANCIS DEL CARMEN RODRIGUEZ LOZADA, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES DEL TIPO PENAL BASICO, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal con la agravante del articulo 217 De La LOPNNA, en perjuicio de la adolescente K.M.R.V. (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA). Cesando así las condiciones bajo las cuales le otorgaron la Suspensión Condicional del Proceso; y así se decide.-

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a la ciudadana FRANCIS DEL CARMEN RODRIGUEZ LOZADA, Venezolana, Natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, estado Sucre, soltera, de 39 años de edad, de profesión u oficio vendedora de Caramba, Cédula de Identidad Nº V-13.076.002, nacido en fecha 19-02-1976, hijo de Isaura Lozada y Augusto Rodríguez, residenciado en Hato Romar II, casa sin numero, cerca de la parada, sector playa grande, Carúpano del estado Sucre, Telf. 0416-0969504; por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES DEL TIPO PENAL BASICO, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal con la agravante del articulo 217 De La LOPNNA, en perjuicio de la adolescente K.M.R.V. (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA); en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal y verificadas como han sido las condiciones impuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 en relación con el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase la causa al Archivo Judicial en su debida oportunidad legal. Se acuerdan las copias solicitadas debiendo proveer para su reproducción. Notifíquese a la representante de la victima. En virtud de que esta decisión fue dictada en Audiencia Oral en presencia de las partes ténganse por notificadas de conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide, en Carúpano, a los cinco (05) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL
ABG. ANNY ALI TOVAR BAUZA
LA SECRETARIA JUDICIAL,
ABG. DORIELYS MATA