República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre




Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre

S E N T E N C I A I N T E R L O C U T O R I A

DEMANDANTE: KARINA DEL VALLE RAMOS CASTILLEJO.
DEMANDADO: KARELYS DEL VALLE RAMOS CASTILLEJO.
PRETENSIÓN: PARTICIÓN.
FECHA: 12 DE DICIEMBRE DE 2.018.
EXPEDIENTE: N° 15-5893.

En fecha veinte (20) de abril del año dos mil quince (2.015), se admitió demanda en contra de KARELYS DEL VALLE RAMOS CASTILLEJO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-17.674.862, con domicilio en la urbanización Lomas de Ayacucho, calle 01, casa Nº 29, Parroquia Ayacucho, Municipio Sucre, Estado Sucre, incoada por KARINA DEL VALLE RAMOS CASTILLEJO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-15.935.520, domiciliada en Cumaná, Estado Sucre, asistida por el profesional del derecho JORGE JUAN BADARACCO ORTIZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el Nº 39.780.

La pretensión es:
Partición y Liquidación de la Comunidad de un inmueble constituido por una casa y el terreno sobre ella construida, signada con el Nº C1-29, Sector “F”, calle 01, ubicada en la urbanización Lomas de Ayacucho, calle 01, casa Nº 29, Parroquia Ayacucho, Cumanà, Municipio Sucre, Estado Sucre.-
Consta en el expediente, que desde el día Diecinueve (19) de octubre del año dos mil quince (2.015), fecha de la última actuación realizada por las partes en la presente causa, al de la publicación de esta sentencia, Diez (10) de Diciembre de dos mil dieciocho (2.018), ha transcurrido más de un (1) año sin que las partes hubieren ejecutado algún acto en el procedimiento, por lo que ha operado la perención de la instancia, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención”.

Por cuanto, está plenamente probado en autos, que en la presente causa operó la perención de la instancia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio por la pretensión de PARTICIÓN, incoada por KARINA DEL VALLE RAMOS CASTILLEJO, contra KARELYS DEL VALLE RAMOS CASTILLEJO.

Regístrese, publíquese inclusive en la página Web del Tribunal y déjese copia certificada.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. En Cumaná, a los Doce (12) días del mes de Diciembre de dos mil dieciocho (2.018). Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
EL JUEZ TEMPORAL,

Abog. FRANCISCO JOSE TOVAR.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abog. GIOVANNA CARVAJAL.

NOTA: Dando cumplimiento a las formalidades de Ley, y siendo las once y cuarenta de la mañana (11:40 a.m.), se publicó la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abog. GIOVANNA CARVAJAL.




FJT/GC/ef.-
EXP. N° 15-5893.-