REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
T.Penal de Juicio del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 17 de Diciembre de 2018
208º y 159º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2015-000109
ASUNTO: RP11-P-2015-000109
Visto suscrito por le abg. Carlos Javier Tineo, en su carácter de defensor Privado en el presente asunto seguido al acusado: ADALKY JESUS FERNANDEZ FERNANDEZ, el cual solicita a este juzgado se le otorgue a su defendido el cambio de sitio de reclusión por la detención domiciliaria contemplada en el articulo 242, ordinal 1 del Copp, debido al delicado estado de salud en que se encuentra el mismo en los actuales momentos, de acuerdo a lo indicado en su informe por especialista que se explica por si solo. Ahora bien, este tribunal en atención al derecho a la vida y la salud del acusado ACUERDA: el traslado inmediato al acusado ADALKY JESUS FERNANDEZ FERNANDEZ, hasta la Medicatura forense, con la seguridad del caso, a los fines de ser evaluado y valorado por el Medico Forense, quien deberá remitir con carácter de urgencia dicho informe en el cual debe de explicar detalladamente la situación de salud del acusado. Líbrese la boleta de traslado del acusado junto con la boleta de traslado. Líbrese oficio a la Medicatura Forense, a los fines consiguientes. Cúmplase.-
La Juez Segundo de Juicio
Abg. Maria M. Pereira
La Secretaria,
Abg Paola Salazar
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