REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Carúpano, 30 de Agosto de 2018
208º y 159º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2017-005883
ASUNTO: RP11-P-2017-005883


Revisada como ha sido solicitud interpuesta por la Fiscal Auxiliar De La Fiscalia Segunda Del Ministerio Publico Con Competencia En Materia De Defensa Ambiental de La Circunscripción Judicial Del Estado Sucre de MEDIDAS PRECAUTELATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL referidas a la producción de daños al ambiente y a personas así como también asegurar el restablecimiento del orden en El Puerto Pesquero Internacional De Guiria ubicado en el Estado Sucre en virtud de los hechos ocurridos “…….. en fecha En fecha el 01 de agosto del 2018 se recibe vía correo electrónico por ante este despacho fiscal oficio INEA-CARSI-Nº0704, rendido por el ingeniero Indermar Ruiz, profesional I de la coordinación de seguridad integral, capitanía del puerto de Guiria, mediante la cual informa, el hundimiento parcial del buque de nombre MACURO” que se encuentra atracado en el muelle 10 del puerto internacional de Guiria que pertenece al señor armando colmenares. En esta misma fecha 01/08/2018 vía correo electrónico consignan en este despacho fiscal informe CPGC-001-18 emanada del INEA capitanía de puertos Guiria (INEA por sus siglas) mediante la cual se señala que en fecha 07/07/2018 funcionarios adscritos a la referida institución en recorrido realizo por el puerto pesquero internacional de Guiria específicamente en el muelle numero 10 observaron que en buque de nombre macuro matricula AMMT-2246, se encontraba haciendo agua por la popa al costado del estribor, a su vez se hallaba saliendo liquido contaminante ( aceite quemado) proveniente de los tanques de la sala de maquina. Activándose en razón de ello el comité de prevención y atención de derrames de hidrocarburos y otras sustancias contaminantes, conformada por las instituciones del municipio Valdez, tomando las siguientes acciones: Antecedentes del día 27/07/2018, se le notifico al propietario Armando Colmenares por vía telefónica y Whatsapp del hundimiento del buque; se realizo aviso a los navegantes pescadores artesanales de a zona que debido a que hubo salida de material contaminante al agua ( para elevar informe del daño ambiental causado a la rada del puerto de Guiria); se ubicaron aproximadamente 27 Mts barreras mecánicas y barreras absorbentes tipo salchicha y se coordino el apoyo con el bote de comando de guardacostas para realizar la maniobra del tendido de barreras para el acordamiento del buque, con el fin de minimizar las salidas de las aguas oleosas a los demás puertos del muelle del puerto de Guiria; Antecedentes del día 28/07/2018: a las 7 am se realizo recorrido y supervisión por los muelles del puerto de Guiria, pudiendo observar presencia de líquidos contaminantes esparcidos en los siguientes muelles: 1,2,3,4,5,6,7,8 y 9 la cual ha generado gran contaminación en los muelles del puerto. A las 8 am se realizo tendido de las barreras mecánicas y absorbentes alrededor del buque macuro con participación de PDVSA, INEA, protección civil y guarda costa; ANTECEDENTES DEL DIA 29/07/2018 se mantuvo guardia preventiva por los funcionarios de la capitanía de puerto de Guiria, bomberos marinos y policía marítima. ANTECEDENTES DEL DIA 30/07/2018, se le hizo llegar la citación al sr. Armando Colmenares, propietario de Buque a la capitanía de puerto de Guiria a través del correo electrónico con el fin de declarar y que tome las acciones para el saneamiento ambiental del puerto de Guiria, el reflotamiento y movilización A DIQUE del buque. Se realizo inspección del puerto de Guiria pudiéndose observar en todos sus muelles y Rada la gran contaminación ambiental debido a que se encuentra esparcido en la mar grandes cantidades de aceite quemado, la cual ha generado descontento en los pescadores artesanales, debido a que han machado el casco de sus embarcaciones (sic. Del informe).
Indica el informe que a finales del año 2017 que habiendo presentado el propietario de la embarcación a diqué, un plazo de movilización para evitar mayor contaminación, tal plan fue cumplido. Y concluye recomendando que al ciudadano armando colmenares sea obligado a realizar labores de saneamiento y recolección de las aguas oleosas que se hayan en los muelles del puerto pesquero internacional de Guiria a consecuencia del hundimiento de su buque y se de apertura a los procedimientos administrativos y penales a que hubiere lugar.
Posteriormente en fecha tres de agosto del 2018 fe recibido mediante correo electrónico, plan de reflotamiento del buque MACURO que fuere consignado ante la capitanía del puerto de Guiria, por parte del ciudadano Armando colmenares en el cual señalan determinan y describe las tareas y los plazos de tiempo (entre los días 01 de agosto l 02 de septiembre del año en curso (2017) para poner al MACURO a flote, no obstante no se observa del aludido plan las labores a desarrollar para el saneamiento y recolección de las aguas oleosas que se hayan en los muelles del puerto pesquero internacional de Guiria aunado a que no fue remitido a la capitanía puerto informe de aprobación del aludido el plan de reflotamiento del armador que nos ocupa. Además constituye un potencial contaminante. Así mismo el Fiscal del Ministerio Público acompaña dicha solicitud de las siguientes actuaciones:

• Al Folio Uno (01 ) cursa informe de inspección naval numero IC-BRR-325-17 del instituto Nacional de Espacios Acuáticos, informe de inspección de condición M-N MACURO
• Al folio 11 al 14 cursa inspección técnica de reseña fotográfica practicada por funcionarios adscritos al comando de vigilancia costera, destacamento de vigilancia costera Zona Atlántica PRACTICADA EN EL MUELLE nº 10del puerto internacional pesquero de Guiria donde encuentra amadrinada (en estado total de abandono) una embarcación tipo buque tanque de nombre macuro matricula SMMT-2246
• A los folios 24 cursa escrito de presentación del plan de movilización y remolque del buque tanque macuro presentado por el ciudadano armando José colmenares Orisni titular de la cedula de identidad V-8255372 en su carácter de propietario del buque tanque macuro IMO8875918 matricula AMMT224 en la cual plateo realizar la movilización de la embarcación antes del 10/04/2018
• a los folios 29 al 31 cursa copia simple de patente de navegación la cual se encuentra hundida al igual que se evidencia que la propiedad de la sociedad mercantil alianza venezolana de muelles y servicios marítimos, transporte internacional de petróleos S.A (TIPSA) representada por el ciudadano armando José colmenares Orisni titular de la cedula de identidad V-8255372.
• A los folios 11 al 49 cursa reseña fotográfica elaborada por funcionarios adscritos al comando de vigilancia costera, destacamento de vigilancia costera Zona Atlántica practicada en el muelle numero 10 del puerto internacional pesquero de Guiria donde se encuentra amadrinada (en estado total de abandono) una embarcación tipo buque tanque de nombre macuro Mat matricula SMMT-2246
• A los folios 50 al 59 cursa escrito de presentación de plan de movilización y remolque del buque tanque macuro presentada por el ciudadano armando José colmenares Orisni titular de la cedula de identidad V-8255372, en su carácter de propietario de la embarcación tipo buque tanque de nombre macuro IMO887518, matricula SMMT-2246, la cual planteó realizar la movilización de la embarcación antes del 10/04/2018.

En tal sentido, la representación Fiscal, ocurre ante su competente autoridad a los fines de solicitar sea decretada con carácter de URGENCIA, las Medidas Precautelativas mas idóneas para evitar la continuación de daños al ecosistema del medio marino así como los riesgos a la salud de los habitantes que hacen vida en el Puerto Pesquero Internacional de Guiria, de conformidad con lo establecido en los numerales 4, 6 y 11 del articulo 8 de la ley Penal del Ambiente, en los siguientes términos:

• Se ordene a la sociedad mercantil ALIANZA VENEZOLANA DE MUELLES Y SERVICIOS MARITIMOS. C.A, transporte internacional de petróleos S.A (TIPSA) representada por el ciudadano armando José colmenares Orisni titular de la cedula de identidad V-8255372, ubicada en la avenida circunvalación norte centro comercial centro 1BS nivel planta alta oficina sector pozo grande, el pilar, Estado Nueva Esparta, Venezuela zona postal 6316, teléfono 02954155097 y en la avenida Aldoza Manrique sector playa el ángel, CC Garden Plaza local 6-7 Porlamar estado nueva esparta, e-mail avemsem@gmail.com y en la persona del ciudadano José colmenares Orisni, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 18/04/1969, titular de la cedula de identidad V-8255372, que deberá presentar en la capitanía del puerto del estado sucre en un lapso de cinco (05) días siguientes a su notificación un plan de reflotamiento de la embarcación matricula AMMT-2246, semi hundida en el puerto pesquero internacional de Guiria municipio Valdez del Estado Sucre.
• Se ordene a la capitanía del puerto del estado sucre que conjuntamente con el ministerio de eco socialismo y aguas de la región supervisar las labores de reflotamiento una vez sea aprobada el plan el cual tendrá prioridad y urgencia en su ejecución.
• Se ordenen a la sociedad mercantil ALIANZA VENEZOLANA DE MUELLES Y SERVICIOS MARITIMOS. C.A, transporte internacional de petróleos S.A (TIPSA) representada en la persona de armando José colmenares Orisni titular de la cedula de identidad V-8255372, ambos plenamente identificados que deberá una vez notificado a cometer con las autoridades publicas y del sector privado que considere pertinente previa aprobación de la capitanía de puerto del estado sucre y del ministerio de eco socialismo y aguas de la región las acciones tendentes al saneamiento del cuerpo de agua del muelle nº 10 del puerto pesquero internacional de Guiria municipio Valdez del Estado Sucre, proveniente de la embarcación macuro, matricula SMMT-2246,.
• Se notifique a la empresa petróleos de Venezuela de la entidad que procure emplear mecanismos de apoyo y prevención para evitar que se propague el combustible contenido en los tanques de la embarcación macuro, matricula SMMT-2246, semihundida en el puerto pesquero internacional de Guiria municipio Valdez del Estado Sucre.
• Se notifique al Comando de Zona Nro 53 de la Guardia Nacional Bolivariana; al Destacamento de Vigilancia Costera Nº 03, sede Guiria y a la Estación de Guarda Costa Zona Atlántica Guiria, de la Armada Venezolana, que deberá estar atenta y prestar el apoyo que sea necesario, a fin de garantizar las maniobra de reflotamiento de la embarcación macuro, matricula SMMT-2246, semi hundida en el Puerto pesquero Internacional de Guiria, así como las labores de saneamiento que se acometan en el sitio por parte Sociedad Mercantil ALIANZA VENEZOLANA DE MUELLES Y SERVICIOS MARITIMOS. C.A, transporte internacional de petróleos S.A (TIPSA) representada por el ciudadano armando José colmenares Orisni titular de la cedula de identidad V-8255372.

Ahora bien atendiendo el derecho a disfrutar de un ambiente seguro sano y ecológicamente equilibrado, estamos en la obligación de evitar que se siga perturbando el equilibrio ecológico y que llegue al punto en el que será tal el daño que la naturaleza no pueda compensarlo, en ese momento la afectación ambiental es definitiva, no existiendo la capacidad de repararlo, puesto que la destrucción del medio marino traerá consigo la eliminación de las especies que conforman el ecosistema.


En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 5, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA. PRIMERO: Ordenar a la sociedad mercantil ALIANZA VENEZOLANA DE MUELLES Y SERVICIOS MARITIMOS. C.A, transporte internacional de petróleos S.A (TIPSA) representada por el ciudadano armando José colmenares Orisni titular de la cedula de identidad V-8255372, ubicada en la avenida circunvalación norte centro comercial centro 1BS nivel planta alta oficina sector pozo grande, el pilar, Estado Nueva Esparta, Venezuela zona postal 6316, teléfono 02954155097 y en la avenida Aldoza Manrique sector playa el ángel, CC Garden Plaza local 6-7 Porlamar estado nueva esparta, e-mail avemsem@gmail.com y en l persona del ciudadano José colmenares Orisni, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 18/04/1969, titular de la cedula de identidad V-8255372, que deberá presentar en la capitanía del puerto del estado sucre en un lapso de cinco (05) días siguientes a su notificación un plan de reflotamiento de la embarcación macuro matricula AMMT-2246, semi hundida en el puerto pesquero internacional de Guiria municipio Valdez del Estado Sucre. SEGUNDO: Ordena a la Capitanía de Puerto del estado Sucre, que deberá conjuntamente con el Ministerio de Ecosocialismo y Aguas de la Región, supervisar, las labores de reflotamiento una vez que sea aprobado el plan, en el cual tendrá prioridad y urgencia en su ejecución. TERCERO: Ordena a la sociedad mercantil ALIANZA VENEZOLANA DE MUELLES Y SERVICIOS MARITIMOS. C.A, transporte internacional de petróleos S.A (TIPSA) representada en la persona de armando José colmenares Orisni titular de la cedula de identidad V-8255372; quien deberá sin perdida de tiempo una vez sean notificados, acometer con las autoridades publicas o del sector privado que considere pertinente, previa aprobación del la Capitanía de Puerto del estado Sucre y del Ministerio de Ecosocialismo y Aguas de la Región, las actuaciones tendentes al SANEAMINETO en el cuerpo de agua del muelle N° 10 del Puerto Pesquero Internacional de Guiria, Municipio Valdez del estado Sucre, proveniente de la embarcación Macuro matricula AMMT-2246.CUARTO: Notificar a la EMPRESA PETROLEOS DE VENEZUELA, de la entidad, que procure emplear el mecanismo de apoyo y prevención para evitar que se propague el combustible contenido en los tanques de la embarcación macuro, matricula SMMT-2246, semi hundida en el Puerto Pesquero Internacional de Guiria, Municipio Valdez del estado Sucre. QUINTO: Se notifique al Comando de Zona Nro 53 de la Guardia Nacional Bolivariana; al Destacamento de Vigilancia Costera Nº 03, sede Guiria y a la Estación de Guarda Costa Zona Atlántica Guiria, de la Armada Venezolana, que deberá estar atenta y prestar el apoyo que sea necesario, a fin de garantizar las maniobra de reflotamiento de la embarcación macuro, matricula SMMT-2246, semi hundida en el Puerto pesquero Internacional de Guiria, así como las labores de saneamiento que se acometan en el sitio por parte Sociedad Mercantil ALIANZA VENEZOLANA DE MUELLES Y SERVICIOS MARITIMOS. C.A, transporte internacional de petróleos S.A (TIPSA) representada en la persona de armando José colmenares Orisni titular de la cedula de identidad V-8255372. Todo de conformidad con lo establecido en los numerales 4, 6 y 11 del artículo 8 de la ley Penal del Ambiente. Cúmplase.-
LA JUEZA QUINTO DE CONTROL


ABG. CAROL CRISTY MUZIOTTI HERNANDEZ


LA SECRETARIA

ABG. CARMEN ESPINOZA