REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
El Pilar: 09 de abril de 2018
207° y 158°
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO suscrita por el ciudadano FELIX FRANCISCO MUNDARAIN MUNDARAIN, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V- 20.376.270, domiciliado en la Calle Principal del Sector Thomas Merles, Parroquia El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio LUISA DEL VALLE MARTINEZ SALAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº 5.874.964 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 190.227, así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos VALENTIN JESUS MARTINEZ MARTINEZ y JESENIA JOSEFINA CORDERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 17.781.727 y V- 16.257.453, respectivamente. En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO, el ciudadano arriba suficientemente identificado, solicita a este DESPACHO JUDICIAL, se sirva declarar unas bienhechurias de una hacienda con las siguientes especificaciones y características: plantas de cacao, aguacate, plátano, mango y otros árboles. Dicha hacienda esta ubicada en el sector Manrique, vía que conduce a Los Pozotes, Parroquia El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, en un área de cultivo total de NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS CENTIMETROS (9.254,82 Mts2) y alinderada de la siguiente manera: NORTE: con terreno de Tarcisio Amarista, con una medida de (75,00 Mts.), SUR: con terreno de Luís Alcázares, con una medida de (143,00 Mts), ESTE: con terreno de Julio Font y terrenos nacionales y OESTE: con terreno de Alfredo Salazar, con una medida de (61,00 Mts.) Tal como se evidencia en constancia emanada de la dirección de ingeniería de la alcaldía del municipio Benítez, estado Sucre de fecha 25 de abril del 2017. El terreno donde se realizó el cultivo de las mencionadas plantas es de propiedad Municipal, para la siembra y cultivo de la referida hacienda, incluyendo mano de obra. La referida hacienda esta valorada en VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000,oo). Ahora bien por cuanto los mencionados testigos, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle al solicitante, ciudadano FELIX FRANCISCO MUNDARAIN MUNDARAIN, supra identificado sus derechos de propiedad que tiene sobre las bienhechurias, antes descrita. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Déjese copia certificada. CUMPLASE.-
El Juez Provisorio;
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Abg. Félix Benítez Pérez La Secretaria;
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Abg. Ydanis Duarte
NOTA: En esta misma fecha (09/04/2018), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.
La Secretaria ,
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Abg. Ydanis Duarte
Solic. N° 33-18.
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