REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.
Cumanà, 27 de abril de 2018
208º y 159º
ASUNTO: JMS1-10445-17
DEMANDANTE: KATERINE JOSEFINA SALAZAR HENRIQUEZ
DEMANDADO: EDWAR JOSÉ GONZÁLEZ SALAZAR
BENEFICIARIO: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
, (niño de diez (10) años de edad)
MOTIVO: RETENCIÓN INDEBIDA DE NIÑOS (RESTITUCIÓN DE CUSTODIA)
Vista la diligencia de fecha 25/04/18, estampada por el ciudadano JESÚS MANUEL MOYA MARCANO, en su carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Público de este Circuito Judicial, en la cual solicita el cierre y archivo de la presente causa, y dada cuenta a la Jueza de la misma, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Régimen Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumanà, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se acuerda el cierre de la causa, el archivo del asunto y la remisión del mismo al Archivo Judicial, constante de veinte (20) folios útiles. En Cumaná a los veintisiete (27) días del mes de abril del dos mil dieciocho (2018). 208° años de la Independencia y 159° de la Federación. Así se decide.-
La Jueza
Abg. María Eugenia Graziani La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La secretaria
MEG/luisa.-
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