REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Cumaná- Estado Sucre
Cumaná, treinta de abril de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: RP31-L-2018-000039
SENTENCIA

PARTE ACTORA: SARA ALTAGRACIA DEL VALLE GARCIA GRANADILLO, REIVYN ALEJANDRO MARIÑO GALANTON, WENDYS CAROLINA RUIZ PLANCHE, YUDITH MERCEDES ORTIZ DE BUSTAMANTE, ZONIA DEL VALLE SUBERO HERNANDEZ, DAMELYS DEL CARMEN RODRIGUEZ BETANCOURT, GLORIS MERCEDES HENRIQUEZ BOLIVAR, JACINTO JOSE RENGEL, JESUS RICARDO FUENTES MATA, JOSE SAMUEL FLORES VELASQUEZ, HUMBERTO JOSE MARIÑO, MARIBEL JOSEFINA JIMENEZ, MARIELYS MARGARITA GUERRA GAMARDO, NIURKA FRANCELIS RUIZ PLANCHE, ELIO JOSE MARIÑO ALZOLAR, MARISABEL SALAZAR DE MALAVE.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ERNESTO FRAILE ESCALONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.704.
PARTE DEMANDADA: FUNDACION VICENCIANA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: REINALDO VASQUEZ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, 30 de abril de 2018, comparecieron voluntariamente las partes para que tenga lugar la Audiencia Conciliatoria, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se sigue en el presente asunto se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, haciéndose presente la parte actora los ciudadanos SARA ALTAGRACIA DEL VALLE GARCIA GRANADILLO, REIVYN ALEJANDRO MARIÑO GALANTON, WENDYS CAROLINA RUIZ PLANCHE, YUDITH MERCEDES ORTIZ DE BUSTAMANTE, ZONIA DEL VALLE SUBERO HERNANDEZ, DAMELYS DEL CARMEN RODRIGUEZ, GLORIS MERCEDES HENRIQUEZ, JACINTO JOSE RENGEL, JESUS RICARDO FUENTES, JOSE SAMUEL FLORES, HUMBERTO JOSE MARIÑO, MARIBEL JOSEFINA JIMENEZ, MARIELYS MARGARITA GUERRA, NIURKA FRANCELIS RUIZ, ELIO JOSE MARIÑO Y MARISABEL SALAZAR DE MALAVE, asistido por el abogado ERNESTO FRAILE ESCALONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.704, y por la parte demandada la entidad de trabajo FUNDACION VICENCIANA, compareció el abogado REINALDO VASQUEZ, en su carácter de representantes legal, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nro.15.478 . En este estado, el Tribunal verificada la comparecencia de las partes antes mencionadas, la juez visto que el objeto de la presente audiencia es escuchar a las partes en aras de verificar los conceptos demandados, a los fines de impartirle la homologación correspondiente, así como lograr la mediación, la representación de las partes manifiestan que renuncian al lapso de comparecencia para la celebración de la audiencia preliminar, en este sentido la representación de la parte demandada se da por notificado y a los fines de dar por terminado el presente proceso que sigue la demandante, ofrece cancelar la cantidad de NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 96.833.194,55), discriminado de la siguiente manera: la cantidad de Bs. 3.592.340,57 para la ciudadana SARA ALTAGRACIA DEL CARMEN GARCIA, la cantidad de Bs. 7.415.597,02 para el ciudadano REIVIN ALEJANDRO MARIÑO, la cantidad de Bs. 13.272.059,79 para la ciudadana WENDYS CAROLINA RUIZ, la cantidad de Bs.7.355.354,32 para la ciudadana YUDITH MERCEDES ORTIZ, la cantidad de Bs. 6.198.637,18 para la ciudadana ZONIA DEL VALLE SUBERO, la cantidad de Bs. 3.571.749.58 para la ciudadana DAMELYS DEL CARMEN RODRIGUEZ, la cantidad de Bs. 7.423.017,18 para la ciudadana GLORIS MERCEDES HENRIQUEZ, la cantidad de Bs. 4.222.277,78 para el ciudadano JACINTO JOSE RENGEL, la cantidad de Bs. 3.002.566,93 para el ciudadano JESUS RICARDO FUENTES, la cantidad de Bs. 4.275.603,67 para el ciudadano JOSE SAMUEL FLORES, la cantidad de Bs.13.254.990,11,para el ciudadano HUMBERTO JOSE MARIÑO, la cantidad de Bs. 1.824.238,45 para la ciudadana MARIBEL JOSEFINA JIMENEZ, la cantidad de Bs. 1.838.713,65 para la ciudadana MARIELYS MARGARITA GUERRA, la cantidad de Bs. 5.545.088,62 para la ciudadana NIURKA FRANCELIS RUIZ, la cantidad de Bs. 8.522.939,96 para el ciudadano ELIO JOSE MARIÑO y la cantidad de Bs. 5.518.019,74 para la ciudadana MARISABEL SALAZAR DE MALAVE, pagadero en este mismo acto, mediante cheques girados contra el Banco Mercantil; los cuales se consignan en copias en este acto.
Seguidamente, la representación judicial de la parte demandante, el abogado ERNESTO FRAILE ESCALONA, acepta la propuesta realizada, por lo que declara estar de acuerdo con todo lo antes expuesto y manifiesta que no tiene nada que reclamar a la demandada, por los conceptos aquí demandados ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral que le unió a la misma, quienes han llegado al siguiente acuerdo, En consecuencia, por cuanto los acuerdos expresados son producto de la voluntad libre, consciente y espontánea manifestada por las partes y dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de la controversia a que se refieren los procesos y a reestablecer el equilibrio jurídico entre las partes y por cuanto no es contrario a derecho, ni al orden publico; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las partes, se declara terminado la presente causa y se ordena el archivo, en virtud que ha sido cumplida la transacción celebrada. Y ASI SE ESTABLECE.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIAS CERTIFICADA
DIOS Y FEDERACION.
LA JUEZA



Abg. MARIA DE LOS ANGELES MAZA

LA SECRETARIA.

Abg. YOLENNY CARIAS.